viernes, abril 19, 2024
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Bogotá será pionera en alianzas público-populares

Un salto cualitativo para garantizar derechos de una gran parte de la población históricamente excluida por las entidades del Distrito

Redacción Ciudad

El 25 de febrero, el Concejo de Bogotá aprobó en primer debate la propuesta de la concejala de la Unión Patriótica, UP, Heidy Sánchez, de proyecto de acuerdo que crea las alianzas público – populares, APPO.

Estas serán un mecanismo de política pública que contribuirá a saldar la deuda histórica del Estado con los sectores sociales que componen la economía popular, como parte del compromiso con las personas que se dedican a esta actividad y con las cuales la concejala ha venido trabajando, en perspectiva de mejora de su calidad de vida, así lo manifestó la líder política en comunicado.

Concejala de la Unión Patriótica, Heidy
Sánchez Barreto

“Este proyecto es una promesa de campaña. Se reconocen a las alianzas público – populares como mecanismos de reconocimiento de las organizaciones de la economía solidaria popular, que se organizan a partir de diferentes iniciativas para satisfacer sus necesidades considerando que estas deberían ser tenidas en cuenta en la contratación del Distrito”, explicó a VOZ la concejala de la UP.

El proyecto fue socializado con diferentes localidades de la Capital del país, y con diferentes organizaciones de la economía solidaria y popular, y el colectivo de economía de la Universidad Nacional, dirigido por el profesor César Giraldo.

La propuesta, a la que le falta un debate en plenaria, refuerza la idea del Gobierno nacional en el Plan Nacional de Desarrollo, que reconoce a la economía popular como un agente de cambio y como factor determinante para la economía del país.

Algunas experiencias

En concordancia, está diseñado para beneficiar a todas las personas que se dedican a actividades que se excluyen de la dinámica formal del empleo, entre otros, vendedores informales de ocupación u oficio, trabajadores por cuenta propia, economía social y solidaria, micronegocios, organizaciones económicas populares y la economía del cuidado.

En la argumentación, la concejala expuso dos ejemplos de este tipo de alianzas en Bolivia y Ecuador. En el caso boliviano, la Constitución habla del fomento de los emprendimientos económicos comunitarios y la ley de la economía cooperativa impulsa con especial énfasis este sector. Por otro lado, en Ecuador, desde la Constitución de 2008 se prevé la creación de un sistema económico social y solidario, que tiene como propósito el fomento a la economía popular, que se nutre de los sectores cooperativistas asociativos y comunitarios y se establece un sistema de compras públicas en el que se priorizan “los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas”.

De hecho, en Ecuador existe una superintendencia de la economía popular y solidaria; en este país, que reportó de 2021 a 2022 una variación del PIB real de 2.7% y que impulsa a su economía popular, fundamentalmente con crédito público, según esta entidad, la economía popular y solidaria muestra altas tasas de rentabilidad y una evolución positiva de este indicador a pesar del golpe económico de la pandemia del COVID-19. Esto significa que se tiene una economía local sólida, basada en el comercio de productos hechos localmente, con los saberes populares y el impulso estatal que resisten los embates de la economía globalizada, permitiendo además una mayor capacidad adquisitiva de sus ciudadanos.

Tres formas de APPO

Para el caso bogotano, la iniciativa normativa tiene por objetivo la generación de políticas públicas para este sector socioeconómico, la incorporación de esta categoría en el Sistema de Información para Actividades Económicas Informales, SIECI, contemplado en el artículo 7 de la Ley 2069 de 2020 a los sistemas de información del distrito, así como la participación de este en los programas y proyectos existentes. Y, la creación de alternativas que permitan dignificar la vida de las personas que ejercen la economía popular, la solución de necesidades esenciales, la satisfacción del derecho al mínimo vital y al trabajo mediante tres mecanismos de APPO que serán: I. Pactos de acción colectiva; II. Ejecución priorizada de metas del plan de desarrollo; y, III. Mecanismo de discriminación positiva en el marco contratación del distrito.

La primera es mediante los pactos de acción colectiva, en el cual las entidades distritales promoverán junto con organizaciones de la economía popular acuerdos de acción colectiva, es decir, mediante el diálogo concertar la ocupación armónica y sin vulneración de derechos en el espacio público o privado para el desarrollo de la economía popular.

Esta forma está enfocada principalmente al conjunto de la población dedicada a las ventas informales por medio del cual se les brindará garantía de los derechos fundamentales, especialmente el mínimo vital, la protección de derechos colectivos, el aumento de la protección social de dichos sujetos de especial protección y el principio constitucional de la confianza legítima, proporcionando y promocionando programas de atención socioeconómica para esta población, dentro de los cuales se encuentran cupos de primera infancia y ofertas educativas para niñas, niños y adolescentes menores de edad, hijos e hijas de vendedores informales, vinculación a iniciativas deportivas, fortalecimiento organizacional en materia de cultura y pilotos de localización de baños públicos ubicados en el espacio público.

Discriminación positiva

La segunda forma de alianza público popular es mediante la ejecución dirigida de programas, planes y metas del plan de desarrollo distrital que pueden ser ejecutados por la misma comunidad mediante transferencias monetarias condicionada al cumplimiento de los objetivos, de manera que impacte positivamente en la reactivación económica de la capital. Un claro ejemplo de ello, puede ser el suministro del PAE en algunos colegios distritales, que pueden ser atendidos con mayor eficiencia, calidad y a menor costo por organizaciones de madres comunitarias de los barrios.

La tercera forma de alianza público popular es asumir una deuda histórica que tiene el distrito con este sector en cumplimiento de lo ordenado por la sentencia T-724 de 2003 proferida por la Corte Constitucional, creando mecanismos de discriminación positiva en el marco de los procesos de selección adelantados por el distrito capital de Bogotá -incluidas las alcaldías locales- donde se les otorgue un puntaje adicional a los actores de la economía popular que hagan parte de los sistemas de información del distrito.

Esta forma de APP permitirá que los emprendimientos y procesos de economía popular puedan competir de manera más justa en los procesos de licitación que realizan las entidades distritales y locales, permitiéndoles acceder a recursos públicos que mejoren sus condiciones económicas y fortalezcan este sector económico.

Este proyecto de acuerdo es una invitación para superar las formas tradicionales de entender e impulsar la economía de la ciudad y reconocer la forma en que funciona buena parte de ella, para apoyarla y fortalecerla. De esta manera, las alianzas público populares se constituyen en un salto cualitativo para garantizar derechos de una gran parte de la población históricamente excluida por las entidades públicas.

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