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«La búsqueda de las 6000 víctimas de la UP»: Luz Estella Aponte

El pasado 16 de abril se instaló la Comisión para la Constatación de Identidad y Parentesco de las víctimas de la Unión Patriótica, en cumplimiento de la histórica sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Bolcheradio AM

La histórica sentencia, que emitió la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Corte IDH, responsabilizó al Estado colombiano por el exterminio político contra la Unión Patriótica. Es un triunfo para el movimiento de víctimas.

Por tal razón, la Corte IDH instaló la Comisión para la Constatación de Identidad y Parentesco de las víctimas. VOZ habló con Luz Estella Aponte, abogada y presidenta de la Corporación Reiniciar, sobre la Comisión y las expectativas que despiertan en las víctimas.

¿Cuál será la misión de la Comisión?

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en una sentencia histórica, atribuyó la responsabilidad internacional al Estado colombiano, por lo que denominó el exterminio de la Unión Patriótica, ocurrido entre 1984 y 2006 en todo el territorio nacional. La sentencia acoge a más de 6.000 víctimas que, desde la Corporación Reiniciar, fueron acopiándose y entregándose al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, desde el momento en que Reiniciar radicó la petición el 16 de diciembre de 1993.

Este vasto universo de víctimas llegó al Sistema en diversos momentos y con diversos niveles de documentación, es decir, algunos casos iban muy estructurados, incluyendo los desarrollos en el Sistema Judicial colombiano, verbigracia el caso de Jaime Pardo Leal, Bernardo Jaramillo o de José Antequera.

Pero hubo otros casos en los que simplemente tuvimos la referencia de un nombre, tal vez porque lo reportó alguna organización de Derechos Humanos, o bien porque lo reportaban los compañeros en diversos ejercicios que Reiniciar realizó desde el año 2001 en las regiones.

Nosotros siempre pedimos al Sistema Interamericano, en su momento la Comisión y luego la Corte, que estos nombres o estas listas, como las llamaba el Gobierno de Colombia, no fueron desechadas por el hecho de no tener una documentación completa.

¿Por qué?

Porque justamente la característica del caso es que muchas víctimas no tienen ese registro, porque muchas ellas y sus familiares después de la victimización, tuvieron que salir de las regiones, como por ejemplo el Urabá o el Magdalena medio.

En mucho de estos casos, los victimarios no dejaron que las personas fueran sepultadas y, por lo tanto, no tuvieron un registro legal de su muerte, y en la totalidad de los casos esa información no pudo ser acopiada por el grado de impunidad del caso. Y, por eso, el Estado siempre quiso desecharlos.

Nosotros logramos que, a través de antecedentes similares, el Sistema Interamericano, por el bien de las víctimas, habilitara un escenario con posterioridad a la sentencia, para que de manera conjunta el Estado, las víctimas y Reiniciar pudiéramos hacer la búsqueda de esas víctimas a través de los canales que tiene la institucionalidad.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el informe de fondo en el 2016 acogió esta propuesta, asimismo la Corte IDH también establece que se configure una Comisión para la constatación de la identidad del parentesco de las víctimas

¿Qué hace la Corte en este caso?

Organiza a las 6.000 víctimas en tres listados, que denominó anexos: el anexo uno, donde el criterio de la Corte es en los casos que tienen la documentación más completa y que en teoría no tienen ningún problema para identificar a las víctimas y constatar los familiares. Y estos deben pasar directamente a que el Estado colombiano les adelante su trámite.

El gobierno colombiano determinó que las víctimas, del anexo uno, tienen un formulario colgado en la página de la Unidad para la Atención y Reparación a las Víctimas, para que puedan presentar todos los documentos y así iniciar el trámite de sus indemnizaciones.

¿Hay una cifra de cuántas personas han sido indemnizadas hasta el momento?

No es una cifra relevante respecto al vasto universo de víctimas, pero sí hay, por lo menos en este momento, cerca de cincuenta víctimas que ya han sido indemnizadas.

Bien, ¿y el segundo y tercer anexo?

Lo que la Corte denominó anexos dos y tres, dispuso que estos debían pasar antes por un proceso en el que se constatara su identidad y su parentesco de los derechohabientes. Igualmente, ha sido muy clara en decir que no hay que probar el hecho violatorio, sino la identidad y parentesco de las víctimas, por tal razón, se conformó la Comisión de Constatación.

Sus integrantes

¿Cuándo se conformó y quiénes la integran?

En junio del 2023, y la Corte dispuso que fuera tripartita. Se integra con un representante directamente nombrado por el Gobierno nacional, el cual el presidente de la República nombró a Ana Teresa Bernal, actual concejala de Bogotá.

El otro nombramiento lo hacen los representantes de víctimas, y se escogió al doctor Alejandro Valencia Villa, defensor de los derechos humanos, que venía de conformar la Comisión para el esclarecimiento de la verdad.

Y, el tercer integrante, lo designó la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de ternas que le pasamos tanto el Gobierno como la representación de las víctimas. De esa terna, la Corte IDH  escogió al exmagistrado de Justicia y Paz, Rubén Darío Pinilla Cogollo, que venía de hacer un trabajo de reconocimiento de las víctimas.

Las personas víctimas sobrevivientes, de pronto que ustedes no tengan monitoreadas, ¿qué deben hacer?

La Corte dijo de manera expresa que las víctimas del caso están incluidas en los anexos uno, dos y tres de la sentencia, quedaron en esto. Muchas quedaron por fuera porque no se entregó su caso o no se documentó por diversas razones, y no va a ser resuelto su caso por la Comisión de Constatación.

Sin embargo, estas personas que quedaron por fuera de los anexos, y crean que tienen el derecho a reclamar su indemnización como víctimas del caso de la Unión Patriótica, pueden acudir al sistema judicial colombiano.

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