viernes, julio 26, 2024
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El caso Teófilo Forero en la JEP

En conversación con la abogada Luz Stella Aponte, directora de la Corporación Reiniciar, se aclaran pormenores del caso del líder de la Unión Patriótica en la Jurisdicción Especial para la Paz

Redacción Derechos Humanos

Hay una información que usted quiere aclarar sobre el caso de un militar condenado por el asesinato de Teófilo Forero, que se presentó a la JEP, ¿Qué es?

-Circuló una pieza comunicativa en la que indica que la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, ordenó la captura de Alberto Roa Cárdenas, quien está condenado por la masacre en la que murió el compañero Teófilo Forero; su esposa; su conductor, Antonio Toscano y el dirigente de la Unión Patriótica en Córdoba, Antonio Sotelo, y que la JEP lo había acusado por ese crimen.

Yo quiero precisar que el acto originario de la JEP es revocar una decisión de la Sala Definición de Situaciones Jurídicas, que le había otorgado la libertad condicional luego de someterse a la JEP.

Se revoca ese beneficio, por supuesto debe recapturarse y la JEP no ha acusado al señor Roa Cárdenas. Él ya se encuentra condenado y decidió someterse a la Jurisdicción Especial con el fin de obtener unos beneficios.

La ley dice que quien esté condenado puede someterse a la JEP Si tiene el ánimo de contribuir a la verdad, es decir, de dar mayor información, de reconocer los hechos y de ampliar esa verdad que se pudo constatar en la justicia ordinaria, además, reparar a las víctimas.

El ofrecimiento de reparación

¿Quién es Alberto Roa Cárdenas?

-Fue sargento segundo del Ejército Nacional. En abril de 1997, fue condenado a 30 años de prisión y al pago de 240 salarios mínimos, por homicidio agravado con fines terroristas y concierto para delinquir con fines terroristas. Estuvo privado de la libertad cinco años, por el caso de Teófilo Forero.

¿Qué aportes a la verdad hizo en la JEP?

-Él no ha entregado información suficiente que contribuya a la verdad y no se ha consensuado un plan de reparación a las víctimas. Ofreció repararlas mediante un plan de reforestación, pero esta no es una medida que se haya concertado, discutido o debatido con ellas. No ha aportado verdad.

Como reparación, ¿qué había propuesto?

Luz Stella Aponte, directora de la Corporación Reiniciar

-La reforestación de zonas rurales de Cundinamarca, mediante la siembra de 5.000 árboles con la celebración de un acto simbólico en compañía de las víctimas. Ni siquiera es diseñar un bosque, es ‘yo reforesto un pedazo y punto’. Y, en febrero del 2021 le conceden la libertad transitoria, condicionada y anticipada.

Pero lo más importante es que son las víctimas las llamadas a decir si eso es satisfactorio.

El error de la JEP

Pero el macro caso Unión Patriótica está en otra sala de la JEP, ¿por qué el señor Roa llega a la Sala definición de Situaciones Jurídicas?

-Como agente del Estado llega a esa Sala solicitando acogerse a la JEP. Esta Sala debió poner esto en conocimiento de la Sala de Reconocimiento de Verdad, porque ahí desde 2019 está abierto el macro caso 06, Unión Patriótica en el que figura como víctima Teófilo Forero y las demás personas asesinadas en esa masacre.

Entonces, ¿ahí se pueden identificar tres irregularidades, la no comunicación de las dos salas, la no entrega de verdad para aceptar la reparación y no consultar a las víctimas?

-Claro, hay un error de descoordinación entre las salas. La propia sentencia de la sección de apelación llama a que se mejore la coordinación entre salas. La sección debió comunicar a la Sala de Reconocimiento para que pudiera programar las diligencias de versión del señor Roa Cárdenas.

Es como si la Sala Definición de Situaciones Jurídicas estuviera resolviendo la situación de una persona que no está conectada a ningún caso, cuando es público y notorio el caso Unión Patriótica.

El derecho de las víctimas

¿Qué hicieron ustedes como Reiniciar al darse cuenta del esto?

-Interpusimos un recurso para que esta decisión fuera revocada. Argumentamos que la Sala se limitó a verificar el cumplimiento de requisitos formales, pero desatendió la garantía de los derechos de las víctimas como primer criterio interpretativo de la ley, además, vulnera el principio de centralidad de los derechos de las víctimas.

El trámite duró mucho tiempo, fue a la sección de apelación y nos dio la razón y ahí es donde esta sección del tribunal ordena que se revoque la medida transitoria de la libertad.

¿Él puede volver a iniciar el proceso?

-Claro que sí.

Con este caso y otros en el contexto de la justicia transicional aparecen unos desafíos en el tema de la reparación y los trabajos, obras y actividades con contenido restaurador-reparador, TOAR.

-Sí. Los TOAR de carácter individual son insuficientes para reparar a la Unión Patriótica. Entonces, tendríamos la necesidad de mirar cómo cada compareciente que reconoce responsabilidad y hace una oferta de reparación, cómo eso se va hilvanando con las demás víctimas, cómo va construyendo un importante proyecto de reparación, no sólo a las víctimas individuales, sino a la víctima colectiva.

Entonces, ahí tenemos un gran reto y ese reto lo hemos asumido e hicimos una primera jornada de conversación sobre el sentido de los TOAR y el sentido de los TOAR en casos colectivos. Escuchamos la opinión de la JEP, del Ministerio de Justicia y de representantes de otros casos colectivos como afrodescendientes, mujeres e indígenas.

Los retos de la reparación

Además, este es un caso colectivo, pero también es un partido político.

-Es un caso que se cometió con la finalidad de eliminar físicamente a los militantes del partido UP, pero también de acabar con ese partido. Entonces, es un desafío que con gusto estamos asumiendo. Lo estamos asumiendo con las víctimas y con el apoyo de otros sectores y esperamos que pueda contribuir a que situaciones como estas no se vuelvan a repetir, en el caso 06 en la JEP.

Y en los de toda la justicia transicional…

-Sí señor, porque también, por ejemplo, ese es un reto en lo que ha sido Justicia y Paz. Nosotros pasamos de un modelo de reparación en el cual los victimarios entregaban sus bienes al Estado y las decisiones implicaban cómo se iban a distribuir esos bienes, pero nos empezamos a encontrar que, así como había victimarios que entregaban fincas, hubo otros que entregaron pendejadas, cosas que no son relevantes para las víctimas, claramente insuficientes aún para venderlas y repararlas monetariamente.

Luego, esto fue trasladado a la Unidad para las Víctimas, y hoy todas las víctimas de Justicia y Paz que tienen una sentencia condenatoria a los victimarios de sus familiares, no necesariamente obtuvieron medidas satisfactorias. Entonces, sí es un gran reto el que la reparación judicial pueda tener un importante componente de satisfacción y un mensaje hacia la no repetición.

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