Rubiel Vargas Quintero
Danilo Zolo, en su libro intitulado “la justicia de los vencedores: de Nüremberg a Bagdad”, demuestra como la experiencia del juicio de Nüremberg y la justicia de los vencedores se ha prolongado en el tiempo.
Desde la primera década de los noventa, se inicia con la República Federal Yugoslava, con el ex presidente Slobodan Milosévic. Demonizado como el mayor responsable de las guerras balcánicas.
Algunos años más tarde, en Irak, la “justicia de los vencedores” inviste con los exponentes políticos y militares del partido Baas, al presidente de la Republica, Saddam Hussein, quien es acusado de gravísimas violaciones de derechos humanos. El ex presidente es capturado y recluido en un lugar secreto por militares estadounidenses, y luego procesado en Bagdad por un tribunal especial iraquí, organizado por EEUU.
La lógica Imperial
Se profundiza la idea que solo las guerras perdidas son consideradas crímenes internacionales, mientras las guerras ganadas no están sometidas a ningún tipo de reglas en el campo del derecho internacional, ni político ni económico. La justicia penal internacional y sus instituciones (OTAN –Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas) confirma esta tesis, las grandes potencias con su poderío militar imponen la política internacional del “criminal internacional” según la lógica del imperio.
Esta lógica les permite realizar invasiones a nombre de la paz mundial, su presencia en Afganistán, Irak, es la constante, que la hace con la anuencia de estas instituciones de justicia internacional. La base de sus argumentos es usar la fuerza para hacer valer los intereses de los Estados. Estos argumentos fueron elaborados por Francisco de Vitoria, para justificar la conquista del nuevo mundo por las potencias católicas. Asesinar colectivamente se convirtió en algo legítimo para las grandes potencias, dividir el mundo en ricos y poderosos, y entre pobres y débiles.
Nüremberg
El surgimiento de la justicia penal internacional 1945-1946, es producto de los juicios en los tribunales de Nüremberg, que fue promovido por iniciativa de los países aliados vencedoras al final de la segunda guerra mundial, que tenía como finalidad hacer justicia, sancionar responsabilidades de oficiales, funcionarios, industriales entre otros, durante el periodo del régimen nacionalsocialista de Hitler y en especial durante la segunda guerra mundial, por los crímenes contra la humanidad, crímenes de guerra, guerra de agresión como crímenes contra la paz.
Varios autores de la época entre ellos Hannah Arendt, Bert Roling, Hans Kelsen, manifestaron serias críticas frente a la universalidad judicial. Arendt, en “Eichmann en Jerusalén, un estudio acerca de la banalidad del mal” consideraba débiles las motivaciones adoptadas por los países vencedores para justificar los poderes otorgados al tribunal de Nüremberg. El holandés Bert era el juez en los Países Bajos después de la segunda guerra mundial y hacía parte del tribunal de Tokio. Al concluir los procesos afirmó “la finalidad de ambos procesos no había sido la de hacer justicia, sino que habían sido utilizados intencionalmente por los vencedores con fines propagandistas y para ocultar sus propios crímenes”.
Hans Kelsen en La paz por medio del derecho, escrito antes de los tribunales internacionales, prepara el terreno para el juicio de Nüremberg, era partidario de un tribunal permanente de justicia internacional, contribuyendo así al surgimiento de la Organización de las Naciones Unidas. Después de terminado el proceso, asumió una posición contraria al argumento central de dicha obra: “si los principios aplicados en la sentencia de Nüremberg se convirtieran en precedente, al finalizar cada guerra los gobiernos de los Estados victoriosos podrían someter a proceso a los miembros de los gobiernos de los Estados vencidos, por haber cometido crímenes definidos como tales por los vencedores, unilateralmente y con fuerza retroactiva”.
El castigo
Los crímenes imputados por los vencedores, valiéndose del carácter de guerra de agresión, no van dirigidos solamente con criterios colectivos de los Estados, sino a los individuos. De esta manera se puede inferir que el castigo tenía que ser un acto de justicia y no la continuación de hostilidades con apariencia de formalidades jurídicas llenas de contenido de venganza. Los crímenes cometidos por la guerra, son producto de dos o más partes vinculadas, es decir, también los Estados vencedores tenían que aceptar que sus propios miembros son responsables de crímenes de guerra, y fueran procesados por una corte internacional.
La selección de los acusados que comparecieron en el juicio de Nüremberg, fue sobre la base de sus jerarquías políticas, financieras y militares del régimen nazi, en la preparación de crímenes internacionales. En ellos no se tuvo en cuenta la evaluación de la gravedad, la conciencia sobre sus actuaciones, el contexto social y cultural, las motivaciones personales. Estas son algunas de la experiencias de justicia penal internacional que se han mantenido en el tiempo.
Las potencias han determinado que el enemigo hay que llevarlo al límite de la degradación humana, a la mortificación y humillación. Se trata de llevarlo a comportamientos hostiles postconflicto, hasta su aniquilación física y moral.
Si se anula la diferenciación entre la política y la justicia, en una confrontación armada, se puede caer en una justicia extrajudicial, donde el otro es estigmatizado, es decir el enemigo es eliminado de la política pública e incluso físicamente.
La “justicia de los vencedores” que actualmente se impone a los derrotados, a los débiles, y a los pueblos oprimidos es con el aval de los organismos internacionales, especialmente de la Corte Penal Internacional, con la complicidad de los medios masivos de comunicación, que permiten que se violen los derechos fundamentales de la humanidad.