La procuradora Margarita Cabello anunció la suspensión provisional del cargo a cuatro funcionarios públicos, entre ellos los alcaldes de Medellín e Ibagué, por supuesta intervención en actividades políticas. Mientras voces autorizadas dicen que la decisión administrativa va en contra de una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el burgomaestre de la capital antioqueña denuncia el inicio de un golpe de Estado cuyo objetivo es evitar que el progresismo llegue al poder. ¿Por qué el auto del Ministerio Público puede ser determinante en las últimas semanas electorales?
Redacción Política
Vía Twitter, la Procuraduría General de la Nación anunció en la noche del pasado 10 de mayo la apertura de investigación y suspensión provisional del cargo a cuatro funcionarios públicos por intervención en actividades y controversias políticas. Entre los sancionados se encuentran el alcalde de Ibagué, Andrés Fabián Hurtado, y el burgomaestre de Medellín, Daniel Quintero Calle.
En cerca de tres minutos de video, la procuradora Margarita Cabello Blanco comienza identificando las competencias constitucionales de la entidad que preside, que según la alta funcionaria, tiene la capacidad de investigar, suspender provisionalmente y castigar con destitución o inhabilidad a servidores públicos del país, incluidos los elegidos por voto popular.
“Ningún servidor público, desde el menor rango y hasta el más alto nivel, puede utilizar el cargo para participar en las actividades de los partidos y movimientos políticos”, subrayó Cabello Blanco. Sobre el alcalde conservador Andrés Hurtado, la Procuraduría lo suspende por una intervención en las vísperas de las elecciones del 13 de marzo donde dijo: “yo me identi… FICO con el Equipo por Colombia”. Por su parte, el Ministerio Público sanciona al alcalde medellinense por un video de seis segundos publicado en redes sociales, donde Quintero Calle engrana la caja de cambios de un carro y dice, “el cambio… en primera”.
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Después de 12 horas sin un documento oficial, finalmente fue notificado el auto administrativo a las instituciones correspondientes. En consecuencia, el presidente de la República Iván Duque anunció en la noche del 11 de mayo la designación de Juan Camilo Restrepo Gómez, alto comisionado de paz, como alcalde encargado en la ciudad de Medellín.
El episodio ha producido un terremoto político sacudiendo el convulsionado momento electoral que atraviesa Colombia. Mientras las redes sociales estallan con mensajes a favor y en contra de los alcaldes destituidos, distintas voces han criticado la decisión de la procuradora Cabello por ser selectiva, apresurada, responder a sesgos políticos, y lo más importante, desconocer la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Corte IDH, que ya falló para el caso de Gustavo Petro en 2013, cuando fue destituido de la alcaldía de Bogotá por el exprocurador Alejandro Ordoñez.
Interpretación selectiva
La primera crítica al auto administrativa es que la Procuraduría construyó una interpretación selectiva, es decir, sus actuaciones van en contra de las fuerzas opositoras, pero son convenientemente favorables tanto para el Gobierno como para los partidos y dirigentes de su coalición. Lo anterior ha quedado en evidencia si se tiene en cuenta las diferentes intervenciones en política que altos funcionarios del Estado han emitido en la actual coyuntura.
Por ejemplo, se recordó las incontables salidas del presidente Iván Duque donde opina y da instrucciones sobre controversias electorales, siendo la mayoría de las veces respuestas que van en contra de las iniciativas que propone el candidato presidencial del Pacto Histórico, Gustavo Petro.
También se evocó el reciente episodio donde el comandante del Ejército Nacional, general Eduardo Enrique Zapateiro Altamiranda, le responde violentamente al candidato Petro en un debate político sobre los presuntos nexos de las Fuerzas Armadas con el Clan del Golfo. En esa oportunidad, el representante del alto mando militar rompió con la prohibición constitucional de beligerancia que tiene la fuerza pública.
En ambos casos, la Procuraduría ha brillado por un silencio selectivo, donde por supuesto nadie ha sido sancionado.
Por posible intervención en política la procuradora Cabello suspende al alcalde de Medellin Daniel Quintero. El presidente Duque, en cambio, puede seguir interviniendo en la campaña una y otra vez sin que nadie lo amoneste !Ajúa!
— María Jimena Duzán (@MJDuzan) May 11, 2022
Extraño comportamiento el de la Procuradora. No toca a Zapateiro, pero suspende al Alcalde de Medellín!!
¿Favorece a su candidato?— Aída Avella #PetroPresidente (@AidaAvellaE) May 11, 2022
Decisión convenientemente apresurada
Por otra parte, hay una diferencia sustancial entre los casos de los alcaldes Hurtado y Quintero. Mientras que la sanción al burgomaestre de Ibagué es por un episodio de hace casi ya dos meses, la providencia de suspensión sobre la máxima autoridad administrativa de Medellín fue por hechos que no superaron las 24 horas, es decir, el auto de la Procuraduría carece de una investigación seria y ajustada en derecho.
Lo anterior permite inferir otras dos conclusiones. La primera, es que al alcalde de Medellín se le violentaron derechos básicos y fundamentales como el de la defensa o el debido proceso. Es más, ni siquiera fue notificado por canales institucionales, sino que el anuncio fue hecho en la red social Twitter.
Y la segunda, es que la suspensión de Hurtado pareciera ser un daño colateral para justificar el ataque contra Quintero Calle. Como el alcalde de Ibagué es conservador y todo el mundo sabe que le está haciendo campaña a Federico Gutiérrez, se legitima por derecha el auto administrativo. Una jugada arriesgada.
Sesgo político
Si bien hasta el momento todos los argumentos de este material demuestran que la medida de la Procuraduría responde a sesgos políticos, es importante subrayar que el alcalde Daniel Quintero Calle viene desarrollando una gestión que va en contra de los intereses del Establecimiento antioqueño y que esto tiene huérfanos de poder a sectores reaccionarios de la economía y la política, como el Grupo Empresarial Antioqueño y el uribismo.
Al respecto, es importante identificar que la procuradora Margarita Cabello es igual de cercana al Clan Char como al expresidente imputado Álvaro Uribe Vélez, que fue ministra de Justicia y Derecho del gobierno Iván Duque, y que su designación por parte del Senado de la República estuvo mediada por un poder legislativo en descomposición. Pensar que sus actuaciones no tienen intereses políticos es ingenuo.
Si a lo anterior se le agrega la hoja de vida del alcalde encargado, la suspicacia aumenta. Juan Camilo Restrepo Gómez, actual alto comisionado de paz, es un abogado de Medellín quien ha desempeñado en el Gobierno nacional cargos ejecutivos en el ministerio de Agricultura y Defensa. Importante decir que fue asesor de la alcaldía de Sergio Fajardo en el 2004 como ficha burocrática del uribismo.
Que el Centro Democrático elija a un alfil político como Restrepo Gómez, cercano al GEA y que lo hubiese hecho de manera exprés, evidencia no solo que quieren recuperar a toda costa un cargo que perdieron, sino que la decisión fue fundamentalmente política.
El mejor resumen de todo lo anterior, lo ha trinado la cuenta del portal de sátira política Actualidad Panamericana:
Procuradora interviene en política sancionando a alcalde por participar en política y crea una paradoja espacio temporal. pic.twitter.com/boarXpgFYu
— Act Panamericana (@actualidadpanam) May 11, 2022
En contra de la Corte IDH
Finalmente, está la jurisprudencia que ya emitió la Corte IDH sobre el caso Petro. En diciembre de 2013, el por entonces procurador Alejandro Ordoñez destituyó al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, y lo inhabilitó por 15 años para ejercer cargos públicos. La decisión del Ministerio Público se dio por la supuesta responsabilidad del dirigente progresista con la salud pública de la ciudad en la crisis de las basuras finalizando el año 2012.
Si bien la destitución solo duró 35 días, distintas instancias judiciales intervinieron en el diferendo. El Consejo de Estado, el Tribunal Superior de Cundinamarca y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, emitieron conceptos, tomaron decisiones e incluso produjeron medidas cautelares, escalando una demanda internacional sobre derechos fundamentales que terminó resolviendo la Corte IDH.
El 18 de agosto de 2020, la Corte IDH dio a conocer su fallo condenatorio contra Colombia por el caso. Más allá de los detalles, en aquel momento el alto tribunal internacional fue explícito al señalar que una entidad administrativa (como la Procuraduría General de la Nación), no puede separar del cargo a funcionarios electos por voto popular. También fue taxativa al determinar que, si existieron fallas disciplinarias graves, solo un juez de la República puede suspender, inhabilitar o destituir a servidores públicos que llegaron al puesto vía elecciones.
Con ese importante precedente, es apenas lógico que la decisión de la procuradora Cabello Blanco sea interpretada como un insulto contra el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, vigente desde 1978. Volvió a hacer lo que la Corte IDH ya dijo que es equivocado. Y lo peor, todo por un video de seis segundos.
Suspensión en tiempo récord por Procuradora Cabello de dos alcaldes y un concejal por supuestamente intervenir en política electoral es descabellada no i) sólo por sesgo que evidencia sino porque va ii) contra de la sentencia de la Corte IDH en el caso Petro. Va hilo corto 1/5 https://t.co/NaMfZ7VaOM
— Rodrigo Uprimny (@RodrigoUprimny) May 11, 2022
¿Golpe de Estado?
El alcalde de Medellín ha dicho, tanto en sus redes sociales como en la plaza pública de La Alpujarra en la noche del 11 de mayo, que todo este escenario responde a un intento de golpe de Estado para detener a las fuerzas del cambio. También le ha pedido a la ciudadanía que defienda de forma pacífica el mandato popular y la democracia, que hoy se ve amenazada por la designación de un alcalde afín al Grupo Empresarial Antioqueño.
Si se considera toda la complejidad del caso, sobre todo la velocidad con la cual el Establecimiento ha tomado decisiones que modifican el tablero, lo dicho por Quintero Calle no puede interpretarse como una exageración, sino como una advertencia en un momento político convulsionado.
Aunque los próximos días serán cruciales en un proceso electoral donde aumentan las expectativas, incluso muchos dirigentes de derecha ya identifican que el auto administrativo emitido por la procuradora uribista inclina la balanza para un posible triunfo del Pacto Histórico en primera vuelta.
Qué regalazo electoral el que le acaban de dar a Petro con la suspensión del alcalde Medellín…
— Rodrigo Lara 🇨🇴 (@Rodrigo_Lara_) May 11, 2022
Hay algo en este episodio que no podrá ignorarse en la recta final rumbo al 29 de mayo: La destitución de Quintero Calle puede aumentar la indignación de un pueblo que ya estaba indignado y terminar propinando un duro golpe a la extrema derecha del país, que estaría experimentando lo que popularmente se enuncia como “le salió el tiro por la culata”.
Dos semanas largas para que la última palabra sea de la ciudadanía.