viernes, julio 26, 2024
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Denuncian irregularidades en caso de gobernador indígena

Por ejercer su autoridad ancestral evitando que una turba hiciera justicia por cuenta propia ante el asesinato de un líder social en el marco de la Operación Artemisa, al gobernador indígena Reinaldo Quebrada Quilcué le imputan los cargos de secuestro extorsivo

Lina Álvarez – El Cuarto Mosquetero
@LinaMC_Alvarez 

Hace un mes enviaron a la cárcel a un gobernador indígena por delitos ambientales y hacer uso de la justicia indígena con un soldado vinculado al asesinato de un campesino entre el Meta y Caquetá. Hoy la Asociación de Cabildos Indígenas del Caquetá reclama su jurisdicción para determinar si hubo o no aprovechamiento de su rol como gobernador para “delinquir”, pues no debería ser competencia de la justicia ordinaria.

A don Reinaldo Quebrada Quilcué entre los múltiples delitos que le imputan está el de secuestro extorsivo y las infracciones relacionadas que esto conlleva, por el hecho de ejercer su autoridad indígena y evitar que una turba molesta de personas que, ante el asesinato de uno de sus compañeros en el marco de la Operación Artemisa, quisiera hacer justicia con sus propias manos.

El cabildo indígena de La Esperanza está ubicado en la vereda El Triunfo, un territorio donde las fronteras son invisibles: del puente hacia un lado se supone que hace parte de La Macarena, Meta, y seguidamente ya es territorio de San Vicente del Caguán. Territorios tan alejados derivan en que ni un municipio ni el otro terminen haciéndose cargo, solamente cuando ocurren este tipo de hechos donde las instituciones se ponen de acuerdo y según la cercanía, asumen la responsabilidad y/o acompañamiento.

Fase 14 de la Operación Artemisa

El 5 de marzo del año en curso mi celular se inundó con denuncias de un tema al que llevo haciéndole seguimiento un buen tiempo: dos casas incineradas y cinco personas capturadas dejaba hasta ese momento como resultado la Operación Artemisa en esta vereda entre el Meta y Caquetá. Es decir, volvía a ocurrir el terror para las familias que ya el 18 de septiembre del 2021 habían vivido lo mismo, pero aquella vez fueron cuatro las casas incineradas y cinco familias representadas en 12 personas quienes se quedaron sin hogar.

Este año se había puesto en marcha la fase 14 de la Operación Artemisa, la cual fue creada en el 2019 con el propósito de frenar “la hemorragia deforestadora” -en palabras del presidente Duque- y así proteger los Parques Nacionales Naturales y áreas protegidas. No obstante, las comunidades han venido denunciando múltiples hechos de violaciones de los derechos humanos que, van dejando tras de sí, interrogantes respecto a si realmente dicha campaña está llegando a los reales deforestadores y no solo está poniendo el peso de este delito al campesinado.

Ese 5 de marzo cuando se habla nuevamente de casas dinamitadas y personas capturadas, la comunidad fue en busca de los militares que seguían en la zona -en la vereda El Diamante- para exigirle la liberación de sus compañeros y que pararan los ataques al campesinado y población indígena.

No obstante, en ese proceso son recibidos a bala, pero las y los campesinos e indígenas no retrocedieron, armados de palos y algunos con sus machetes en mano siguieron exigiendo que les dijeran el paradero de las cinco personas de una de las viviendas incineradas que para ese momento sospechaban habían sido trasladadas a La Macarena, para ser judicializadas.

Allí es cuando uno de los disparos de manera certera da en el pecho del campesino Julián Andrés Suárez, el cual apaga su vida casi de inmediato, además de tres lugareños que también resultaron con heridas de bala en su cuerpo, y no necesariamente en las piernas como manifestaron desde la fuerza pública, que según ellos disparaban al piso en defensa propia.

Procesados por secuestro

Al soldado Juan Sebastián quien fue la persona retenida por la comunidad, lo trasladan al sitio que hace sus veces de caseta comunal en la vereda El Triunfo, es tratado con respeto, pero, se desconocía qué iba a suceder hasta que no llegasen las instituciones a dialogar con la comunidad.

Transcurren 72 horas de diálogo, en ese tiempo hizo presencia Defensoría del Caquetá -un delegado más no el defensor con quien nos intentamos comunicar en varias ocasiones sin obtener claridades sobre lo que sucedía-, Personería de San Vicente del Caguán e Iglesia católica.

La situación era grave. La comunidad enardecida exigía un castigo de la misma proporción, mientras que se enteraban no solo que de las cinco personas capturadas tres habían sido liberadas por tratarse de mujeres y menores de edad, mientras que Julián Ernesto Ordóñez y José Luis Mestizo habían sido imputados por delitos ambientales y enviados a Florencia con medida de aseguramiento intramural; que tenían que dividirse para ir a darle el último adiós a su compañero y que además, de los heridos, uno tuvo que dejarse la bala en la pierna porque era peligroso sacársela.

Fue ahí donde Reinaldo Quebrada Quilcué empezó a mediar, allí esta problemática no solo los atravesaba a ellos como comunidades indígenas nasa, sino también a la población campesina, y mientras que la justicia ordinaria no parecía ser una solución a corto plazo, decidieron que sería la justicia indígena la que tomaría las riendas a partir de ese momento.

“Lamentablemente por estar defendiendo el derecho al territorio como pueblos indígenas y campesinos tuvimos el fracaso de haber perdido a uno de nuestros compañeros campesinos que fue muerto en el lugar de los hechos (…) una actuación de esas uno debe hacerla por el derecho a la vida”, me explicaba don Reinaldo respecto a la decisión que tomaron de que Juan Sebastián fuera a juicio y seguidamente recibiera 15 latigazos -en sus piernas- y luego lo entregasen al Ejército ante las tres entidades presentes.

Así fue, le pidieron al soldado que firmara un acta donde se acogía, hizo un video manifestándole a su familia que estaba bien y posteriormente con toda la valentía del caso, aguantó su castigo sin que se hubiese presentado algún alegato al respecto, según nos contó la comunidad y la prensa presente. Mientras se adelantaba todo este proceso, a su vez el Ejército interponía una denuncia ante la Fiscalía por secuestro.

Un silencio extraño

Nada pasó, por ahora no se sabe en qué va la investigación respecto al asesinato de Julián Suárez, las y los campesinos e indígenas que se quedaron sin su derecho a una vivienda digna, algunos se fueron y otros insisten en resistir en su territorio y se acomodaron bajo el resguardo de sus vecinos o buscaron la forma de nuevamente construir.

Para don Reinaldo siguió el suplicio, él prácticamente era un fugitivo, pues cuando ingresaba a su resguardo a cumplir sus deberes como gobernador indígena, básicamente estaba incumpliendo la condena que le había interpuesto la justicia colombiana de nunca más regresar a su territorio. Además, allí seguían habitando su esposa y sus hijos.

Tal y como se menciono anteriormente, el 18 de septiembre fue el primer operativo en la vereda El Triunfo, que afectó a cinco familias tanto indígenas como campesinas, pues cuatro casas fueron incineradas y hubo tres personas detenidas, entre ellas un adulto mayor con discapacidad cognitiva, un obrero y Reinaldo, lo que causó algo de conmoción en la opinión pública al saberse que un gobernador indígena pasaba a engrosar la lista de “víctimas” de la Operación Artemisa, pero como pasa con los temas mediáticos, tras unos días, dejó de estar en la agenda pública.

Durante la audiencia fue imputado por daño en los recursos naturales y ecocidio, invasión de área de especial importancia ecológica y aprovechamiento ilícito de los recursos naturales.

A la cárcel

El lunes 4 de abril sobre las 8:00 a.m. Reinaldo se dirigía hacia San Vicente del Caguán pues había recibido una invitación al parecer por parte del Viceministro del Interior para dialogar sobre garantías de reubicación para su resguardo, pues estos afirman que, si no pueden estar en los Parques Nacionales lo que en sí requieren es dónde poder vivir en vez de sufrir más desplazamientos.

Es en ese momento cuando es capturado y enviado a Florencia. Allí su abogado quien ya llevaba su caso asume su defensa y el miércoles 6 inicia la audiencia de imputación de cargos durante toda la tarde. El 7 la diligencia se retoma y al ser de carácter público ingreso en mi calidad de periodista.

En primera medida la jueza 2da penal municipal de Florencia expuso que a partir de audios y videos en disposición de la Fiscalía habían podido determinar que, apenas Reinaldo fue dejado en libertad -siete meses atrás- había regresado al PNN, cosa que él claramente no negó, pero, aunque esta comunidad llegó a El Triunfo en el año 2015, ella rechazó que hubiese arraigo por el solo hecho de vivir en áreas protegidas.

“Es un riesgo futuro por ser una persona proclive al delito y que se le impuso una medida no privativa de la libertad y no cumplió, al continuar con la actividad delictiva más lo que le fue imputado”, iniciaba. Tan solo al retomar lo expuesto el día anterior, ya se sabía cuál iba a ser el resultado: que don Reinaldo se iría para prisión.

Respecto a los tres delitos de índole ambiental como daño en los recursos naturales y ecocidio, invasión de área de especial importancia ecológica y aprovechamiento ilícito de los recursos naturales, las pruebas eran lo que su abogado llamó “circustanciales”, pues ¿cómo aseguran que fue él y no alguien del cabildo o toda la colectividad la vinculada a los procesos de deforestación? Según la jueza, en el área en el que está concentrado el cabildo -a partir de cifras del IDEAM- hay 33.1 hectáreas deforestadas y que, en los últimos siete meses tras su primera captura, aseguran ha aumentado la tala.

Por otro lado, el solo hecho de habitar en zonas protegidas es considerado como flagrancia, pero en este caso, aunque la defensa de Reinaldo evidenció que, cuando en el 2015 el pueblo NASA se acomodó allí, después de sufrir varios desplazamientos, todavía no se había ampliado la zona del PNN Chiribiquete -pues fue solo hasta el 2018 que 1.486,676 hectáreas pasaron a ser parte del parque convirtiéndolo así, en el área protegida más grande de Colombia- fue desestimado este hallazgo por la jueza.

Es decir, aunque hay un conflicto de territorialidad y el Gobierno nacional ya sabían de la existencia del resguardo, no se hizo una consulta previa e informada como lo establece el artículo 7 de la convención 169 de la OIT; Colombia ratificó el convenio a través de la Ley 21  de 1991 y está parametrado en la SU-039 de 1997 de la Corte Constitucional; no obstante, insisten en darle un tratamiento criminal a quienes habitan en el Cabildo Indígena de La Esperanza.

Delito de secuestro extorsivo

Fue aquí donde en varios momentos la conversación giró con más constancia sobre la importancia de llevar este caso a la jurisdicción indígena. Debido a que, Reinaldo es acusado de secuestro extorsivo por haber solicitado el video de supervivencia y el documento de aprobación al soldado Juan Sebastián para acogerse al juicio que él como gobernador indígena presidía en medio del acalorado diálogo entre la comunidad campesina e indígena en el que determinarían que, el militar, como integrante del grupo que adelantó el operativo y donde fue asesinado un campesino, debería recibir alrededor de 15 azotes.

Durante la audiencia se abre el interrogante de porqué no están participando las instituciones que estuvieron durante el juicio indígena como el Personero de San Vicente o los funcionarios de la Defensoría, pero no hubo respuestas. Y fue ya en ese momento donde se determinó que, aunque había toda una comunidad vinculada a la decisión de retener a Juan Sebastián y aplicar la Ley de Origen a partir de todo lo sucedido, él participó, y que “un líder comunitario no debería participar en afrentar contra la libertad e integridad” de nadie, por ello y los demás delitos, la jueza determinó la medida de aseguramiento intramural.

Es importante recordar que, en Colombia ya hay un precedente al respecto, la Sentencia 47119 de la Corte Suprema de Justicia que aborda e caso del senador indígena Feliciano Valencia quien fue condenado a 18 años de prisión por secuestro simple al haberle propinado 20 latigazos a un cabo del Ejército que se había infiltrado a las jornadas de protesta en el marco del Paro Agrario en el año 2008. En esa oportunidad su abogado argumentó que el caso de su defendido nunca debió haber llegado a la justicia ordinaria. Para la Corte Suprema de Justicia la retención del soldado “no fue arbitraria o premeditada, tampoco se ejecutaron actos individuales que puedan atribuírsele a Feliciano Valencia Medina, sino que se insiste fue una decisión colectiva del pueblo Nasa”.

Dicha decisión de la Corte se basa en que, el “carácter pluralista de la Constitución Política implica reconocer también un pluralismo jurídico para dar cabida al derecho consuetudinario de los pueblos indígenas”. Por ahora, organizaciones de derechos humanos exigen el correcto procedimiento en el caso de Reinaldo y su pronta liberación, además, que no sea la vía militar contra comunidades campesinas e indígenas la solución para frenar la deforestación.

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