jueves, marzo 28, 2024
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La historia a contrapelo: Refrendación e implementación

Como en las experiencias de Guatemala y El Salvador, la legitimidad plena tendremos que ganarla en un profundo proceso de pedagogía de paz y al calor de la implementación. Es urgente que cerremos el año 2016 con un Acuerdo Final refrendado.

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Sergio de Zubiría Samper

La posibilidad esta semana de la firma del Acuerdo Final entre el Presidente Santos de Colombia y el Comandante Timoleón, de las FARC-EP, nos instala en la cuestión del mecanismo más adecuado para su refrendación y los pasos inmediatos para su implementación. La sentencia de la Corte Constitucional que declaró exequible el plebiscito condiciona la eficacia del Acuerdo Final a la utilización de algún tipo de mecanismo de refrendación. No se determinó una ruta exclusiva, pero la implementación solo podrá ejecutarse una vez surta la condición de su refrendación.

La academia y los movimientos sociales han sugerido fórmulas muy imaginativas. Que van desde los cabildos territoriales abiertos hasta la realización de una nueva consulta popular.

Pero la realidad es tozuda y las dificultades serán cada día mayores si este procedimiento refrendatorio se aplaza en exceso. La fragilidad del cese del fuego, los asesinatos selectivos de dirigentes sociales, el freno de la amnistía y el indulto, las expectativas de la población en su conjunto, los tiempos imperativos de los organismos internacionales de acompañamiento, la urgencia de las zonas veredales transitorias de normalización, el aplazamiento del inicio de la fase pública con el ELN, etc., exigen un cronograma perentorio para no poner en riesgo todos los esfuerzos de estos más de cinco años de negociaciones.

Una ley ordinaria que refrende la totalidad del Acuerdo Final, aprobada por el Congreso de la República, en lo que falta de la legislatura de 2016, es actualmente el camino que puede mitigar los riesgos anteriores y otros que podrían emerger de un aplazamiento indefinido. A partir del plebiscito del 2 de octubre la apropiación social y discusión colectiva del contenido del Acuerdo ha sido mayor. Como en las experiencias de Guatemala y El Salvador, la legitimidad plena tendremos que ganarla en un profundo proceso de pedagogía de paz y al calor de la implementación. Es urgente que cerremos el año 2016 con un Acuerdo Final refrendado.

Las virtudes de esta negociación tendrán que ratificarse en un doble proceso que aún no hemos podido desatar en nuestro país. En primer lugar, conformar un gran movimiento social por la paz que vivencie el Acuerdo Final como algo que nos pertenece a todas y todos los colombianos. Que despierte un gran entusiasmo a aquellos que aún no participan en la construcción de la paz. En segundo lugar, consolidar mecanismos y procesos de implementación, que además de su eficacia puedan gestar movimientos sociales vigorosos de monitoreo desde los territorios. La construcción de la paz sólo podrá germinar desde las gentes del común que habitan en los territorios y realicen estricta veeduría en la implementación.

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