viernes, marzo 29, 2024
InicioEdición impresaRevive fuero castrense

Revive fuero castrense

En un nuevo intento por cobijar con la impunidad a las actuaciones ilegales de militares colombianos, el gobierno nacional tramita casi por debajo de la mesa una reedición del fuero militar

Condecoracion de militares
Juan Manuel Santos en la Escuela Militar José María Córdova.

Redacción política

Cuando a mediados del mes de octubre del año 2013 se conocía la ponencia del ex magistrado Nilson Pinilla dejando sin piso constitucional la reforma a la justicia penal militar y el fuero castrense por vicios de trámite, se pensó que el gobierno nacional no se atrevería a presentarla de nuevo tras el costo político y diplomático que asumió por congratularse con el ala dura del militarismo.

Pero un mes después en la Secretaría del Senado de la República el ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, presentó de nuevo la iniciativa para tramitar el primero de los cuatro debates en esa corporación. La ponencia que revive el proyecto no se diferenciaba en nada con aquella declarada inconstitucional. Solamente elimina la creación de un Tribunal de Garantías Penales. En todo lo demás, incluida la ampliación de la competencia de los jueces militares frente a delitos comunes antes no contemplados, el proyecto es el mismo.

El camino en el parlamento

En la sesión del 10 de diciembre de 2013, a solo cinco días del periodo de vacancia parlamentaria, se dio la primera discusión de la nueva iniciativa. Allí los generales de más alta graduación de las Fuerzas Militares junto a la cúpula ministerial tomaban atenta nota de los pormenores del debate, de los senadores opuestos al proyecto de ley y de sus aliados. La tensión en el debate se centraba en las figuras jurídicas introducidas en el proyecto de ley con el objetivo de “blindar” las actuaciones de los miembros de la Fuerza Pública. El lobby militar tuvo bastante acogida entre los congresistas que conforman la mayoría.

En aquel debate, el senador Jorge Eduardo Londoño, integrante del Partido Verde, manifestó su inconformidad por la redacción y el contenido del artículo que señala la competencia y los delitos que conocerán los juzgados penales militares o policiales, entre ellos los relacionados con homicidios, infracciones al Derecho Internacional Humanitario y delitos contra la población civil. A ese respecto el senador consideró “ambigua la expresión delitos contra la población civil”. Esa fue la primera alarma del contenido del proyecto y las implicaciones jurídicas que podría tener la reforma.

Impunidad a falsos positivos

El hecho de permitir que tribunales militares especializados conozcan de delitos como homicidio es abrir la puerta para que la Justicia ordinaria no investigue ninguna actuación militar en la que medie un homicidio. De esta manera los falsos positivos, cuya descripción jurídica responde a “homicidio agravado” y “homicidio en persona protegida”, cometidos por militares quedarían en manos de la Justicia castrense sin ninguna garantía de independencia ni justicia. Ese será el mecanismo más expedito para extraerle a los tribunales civiles los casi tres mil casos de falsos positivos que cursan en la Fiscalía General de la Nación.

Según Human Rights Watch, los abogados defensores podrían solicitar que se transfieran inmediatamente casos de falsos positivos a los tribunales militares, aduciendo que sus clientes no están siendo acusados de “ejecuciones extrajudiciales”, sino de “homicidio en persona protegida”, “homicidio agravado” u “homicidio”. De esta manera se haría efectiva la salida de prisión de los militares acusados o condenados por ejecuciones extrajudiciales.

Delitos de lesa humanidad

Otro de los aspectos polémicos del proyecto es la competencia exclusiva que asumirán los tribunales militares frente a infracciones del Derecho Internacional Humanitario, salvo genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado. No obstante tres de esas actuaciones no están tipificadas en el ordenamiento jurídico nacional.

Por ejemplo, la exclusión de la violencia sexual, así como las ejecuciones extrajudiciales, no se encuentran reguladas en el Código Penal colombiano. Hoy la violencia sexual cometida por militares es investigada y juzgada mediante los tipos de acceso carnal violento en persona protegida o acceso carnal violento. Con la nueva iniciativa tales delitos serán de expresa competencia castrense.

Clara Cecilia Mosquera Paz, funcionaria adscrita al Ministerio de la Defensa y directora de Justicia Penal Militar, rechazó tal afirmación y argumentó que con la Ley de Víctimas y el reconocimiento del conflicto armado por parte del Gobierno Nacional se permite el amparo de tales infracciones bajo la lupa de la Justicia penal militar sin que quede manto de impunidad. Otra cosa piensa la Corte Constitucional en sus pronunciamientos reiterando que se debe excluir la competencia de la jurisdicción penal militar en los delitos de lesa humanidad y en los que atenten contra el Derecho Internacional Humanitario, abarcando los delitos de lesa humanidad, por ser conductas opuestas a la función constitucional rompiendo el nexo funcional del servicio.

Las chuzadas impunes

El proyecto señala que el catálogo de delitos contra la seguridad del Estado será de conocimiento de jueces especializados, encargados de asumir la investigación y el juzgamiento. En un solo artículo el proyecto logra sustraer de la Justicia ordinaria aquellos casos en que están siendo investigados militares por interceptaciones ilegales promovidas contra la oposición colombiana. Los militares que participaron en el espionaje del que son víctimas los negociadores en el proceso de paz, como se descubrió en la operación Andrómeda, tendrán inmunidad ante cualquier actuación del ente investigador.

Jorge Enrique Bedoya Vizcaya, viceministro de Defensa para las Políticas y Asuntos Internacionales, al respecto dijo estar agradecido por el apoyo al proyecto de ley que dice tener reglas de juego claras para la investigación y juzgamiento de los soldados por su juez natural. Mientras el Ministerio de Defensa y los ponentes del proyecto se reunían a puerta cerrada para zanjar algún tipo de diferencia de forma surgida del debate, el proyecto de ley transita sigilosamente a plenaria del Senado. Muy a pesar de las fuertes críticas, fue aprobado el proyecto de ley en sus 129 artículos y entra por debajo de la mesa a su tercer debate.

RELATED ARTICLES

Most Popular

Recent Comments