jueves, abril 18, 2024

Cartas

Ni con palo ni con rejo

Dice el refrán popular: “Dios no castiga ni con palo ni con rejo”, y muy probablemente al señor procurador, Alejandro Ordóñez, le sucederá lo debido, castigo en justicia.

Dados los aires de transparencia que en los últimos días ventilan las salas del Consejo de Estado, el cual le ha dado un duro golpe al principio acuñado en las altas cortes por los togados, “yo te nombro, tú me nombras” violando el artículo 126 de la Constitución. El Consejo de Estado en aras de la pulcritud jurídica y ética, resolvió destituir al magistrado Francisco Ricaurte y, por actos irregulares en su elección, al magistrado de la Corte Constitucional, Alberto Rojas.

Dice el artículo 276 de la Constitución: “El procurador general de la nación será elegido por el senado, para un periodo de cuatro años…”. No menciona la Constitución ninguna reelección del procurador y el artículo 121 reza: “Ninguna autoridad del estado podrá ejercer funciones distintas de las que le atribuye la Constitución y la ley”. También quebranta la reelección el espíritu de la Constitución, por romper el equilibrio entre pesos y contrapesos que debe existir en el estado social de derecho para el control del poder público.

Además, la Corte Constitucional manifiesta: “al funcionario público lo que no le está expresamente atribuido, le está prohibido”. Por todo lo anterior, el Senado de la República no podía reelegir al señor procurador Alejandro Ordóñez. El Consejo de Estado deberá en su sabiduría, transparencia y en legítimo derecho, fallar pronto en la sala quinta y no en sala plena para evitar el amiguismo, sin palo, sin rejo y sin indebidas interpretaciones, como en ocasiones el procurador Ordóñez ha ejercido el superpoder de la Procuraduría. Omar León Muriel Arango (vía Internet).

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Absueltos

Los campesinos tolimenses Esther Julia Torres Gómez, Augusto Morales Molina, José Agustín Nieto Jiménez y Gustavo Bocanegra fueron absueltos en sentencia de 1 de julio de 2014 por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Descongestión del delito de rebelión, por el cual habían sido privados de libertad, imputados y acusados por la Fiscalía General de la Nación, al culminar el juicio oral en el que se les juzgó, por hacer parte de redes de apoyo a la Comisión Cajamarca del Frente XXI de las FARC-EP.

La Fiscalía, dice la sentencia, no probó los cargos, mientras que la defensa hizo hincapié de que la supuesta información dada por los acusados de la presencia de Fuerzas Militares en las áreas de operación no constituía ningún delito, ante lo cual el juzgado resolvió absolverlos, por duda, respecto de los cargos “por los cuales se les acusó”. Los campesinos venían gozando de libertad provisional, luego de haber recuperado este derecho por vencimiento de términos. Rafael Aguija Sanabria (vía Internet).

Uribe Balas

En carta anterior, el corresponsal Camilo López hace un acertadísimo comentario en que señala que el pueblo colombiano ordenó a Santos hacer la paz y agregó: “Uribe ya vale huevo, está en el tacho de la historia”. Quizá el pueblo no se explica por qué Uribe Balas sigue apareciendo no de lunes a domingo, sino varias veces al día. La cuestión es sencilla: porque ese es el objetivo estratégico de El Tiempo, Paracol y sus monaguillos frente a la fuerza creciente del amplio espectro de las fuerzas sociales, políticas, comunitarias, de izquierda y populares, que trabajando cotidianamente por la unidad construyen en todos los escenarios –desde luego en La Habana- el futuro colombiano de la paz con justicia social. Santiago Durán (vía Internet).

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