miércoles, julio 2, 2025
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Primeras sentencias por chuzadas del DAS

Condenados el director de Inteligencia entre 2003-2004; el coordinador del Grupo de Verificaciones y Difusión; el subdirector de Contrainteligencia entre septiembre y diciembre de 2004; y el jefe de oficiales de la Subdirección de Fuentes Humanas.

Giancarlo Auque de Silvestri, director de Inteligencia entre 2003-2004
Giancarlo Auque de Silvestri, director de Inteligencia entre 2003-2004

La oficina de prensa de la Fiscalía informó que, en el caso de las interceptaciones ilegales del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), fueron condenados el director de Inteligencia entre 2003-2004; el coordinador del Grupo de Verificaciones y Difusión (Gruve), adscrito a la Subdirección de Operaciones de esa entidad; el subdirector de Contrainteligencia entre septiembre y diciembre de 2004; y el jefe de oficiales de la Subdirección de Fuentes Humanas.

A Giancarlo Auque de Silvestri, director de Inteligencia de la época, el Juzgado Sexto Especializado de Bogotá lo encontró responsable como autor del delito de concierto para delinquir agravado y como autor impropio de los delitos de violación ilícita de comunicaciones, utilización ilícita de equipos transmisores y receptores, abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto, por lo que le impuso una pena de nueve años y diez meses de prisión.

En igual sentido se pronunció con respecto a Mario Orlando Ortiz Mena, para entonces coordinador del Grupo de Verificaciones y Difusión (Gruve), e Ignacio Moreno Tamayo, jefe de oficiales de la Subdirección de Fuentes Humanas, a quienes condenó por su autoría en las conductas punibles de concierto para delinquir agravado, violación ilícita de comunicaciones, utilización ilícita de equipos de transmisores y receptores y abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto.

Por estos delitos Ortiz Mena y Moreno Tamayo deberán permanecer privados de la libertad nueve años y siete meses cada uno. En cuanto a Eduardo Aya Castro, coordinador del Gruve adscrito a la Subdirección de Operaciones del DAS, el juzgador lo halló culpable, en calidad de autor, del delito de concierto para delinquir agravado, imponiéndole una pena de siete años de prisión. En el fallo también se estipuló que Giancarlo Auque de Silvestri, Mario Orlando Ortiz Mena, Ignacio Moreno Tamayo, Rodolfo Medina Alemán y Eduardo Aya Castro quedarán inhabilitados para el ejercicio de cargos públicos por espacio de cinco años y deberán pagar a las víctimas cien salarios mínimos legales mensuales vigentes como indemnización por daños y perjuicios.

En la decisión judicial se absolvió a Rodolfo Medina Alemán y Eduardo Aya Castro por el delito de abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto y declaró la prescripción de los delitos de violación ilícita de comunicaciones, utilización ilícita de equipos de transmisores y receptores.

El juicio corresponde a la denuncia realizada por las interceptaciones telefónicas o denominadas “chuzadas” y los seguimientos financieros que, al parecer, por medio de organismos de inteligencia del Estado se hicieron en contra de magistrados, políticos, profesores, sindicalistas, defensores de derechos humanos y periodistas.

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