Con base en la primera sentencia restaurativa de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, el jurista hace observaciones a los procedimientos de este tribunal y critica a algunos magistrados
Juan Carlos Hurtado Fonseca
@aurelianolatino
Como ex integrante comisión jurídica de los diálogos de La Habana, Diego Martínez ha participado del diseño e implementación de la justicia transicional en el país, lo que le da un vasto conocimiento y elementos de juicio para hacer observaciones sobre la primera sentencia proferida por la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, contra el ex secretariado de las extintas FARC. VOZ habló con él.
¿Qué valoración hace de la sentencia de la JEP, en el contexto de ser la primera de la justicia transicional?
Valoramos como un hecho de gran relevancia la asunción de responsabilidades por parte de la antigua guerrilla de las FARC, un acto sin precedentes que responde al cumplimiento de lo pactado en el Acuerdo Final de 2016. Esta postura incluye una profunda autocrítica por parte de un movimiento político que nunca fue derrotado y que, durante más de cincuenta años de alzamiento en armas, buscó derrocar al Estado. El reconocimiento será a la dignidad de las víctimas, los daños ocurridos y su vocación de paz.
Sin embargo, persiste una preocupante falta de compromiso por parte de sectores de la élite del Estado frente a lo ocurrido. La inconformidad es evidente: los máximos responsables de los llamados “falsos positivos” pertenecen a esa élite política que, hasta ahora, no ha asumido sus responsabilidades ante la justicia. Utilizaron a soldados de bajo rango como piezas y hoy continúan sin reconocer la gravedad de los crímenes.
Las diferentes justicias
La decisión de la JEP ha suscitado críticas, creo yo, porque no se entiende que es en el marco de la justicia restaurativa y transicional. ¿Puede explicarnos las diferencias?
Lo primero que debe señalarse son las diferencias con el modelo retributivo. Este parte de la concepción del hecho delictivo, centrando su atención en el tipo penal vulnerado, la prueba de dicha infracción y sus consecuencias.
En cambio, la justicia restaurativa trasciende la noción de delito y se enfoca en el daño causado, otorgando protagonismo en la solución del conflicto a la víctima, el infractor, la sociedad y el sistema judicial.
Mientras la justicia retributiva prioriza la afectación al orden jurídico y el castigo, el enfoque restaurativo privilegia la reconstrucción social y la reparación del daño. En este marco, la relación entre justicia para la paz y justicia restaurativa ha cobrado especial relevancia en Colombia tras la firma del Acuerdo Final de Paz en 2016.
El modelo adoptado por la JEP establece que las sanciones restaurativas deben aplicarse conforme al Acuerdo, como parte integral de su implementación. Esta articulación fue ratificada en el numeral 70 del Acuerdo, que vincula las sanciones al cumplimiento de los compromisos en los puntos 1. Reforma Rural Integral), 2. Participación política y 4. Solución al problema de las drogas Ilícitas.
Se trata del primer modelo de justicia para la paz acordado bilateralmente entre dos partes enfrentadas, cuyo eje central es la aplicación de un enfoque restaurativo frente a graves crímenes cometidos en el contexto del conflicto armado. A través del reconocimiento voluntario de verdad, las partes contribuyen a la garantía de no repetición, fortaleciendo la legitimidad del proceso de paz y la confianza institucional. Este enfoque no solo busca sancionar, sino también reparar, esclarecer y transformar las causas estructurales del conflicto.
JEP y normas internacionales
Al sancionarse el secuestro entran militares que estuvieron retenidos, ¿por qué si son prisioneros de guerra como lo estipula el Protocolo II adicional a los Convenios de Ginebra?
Estos asuntos continúan en disputa dentro de la sentencia y, con seguridad, serán objeto de apelación ante el Tribunal para la Paz. La captura de militares en combate constituye una garantía reconocida por el Derecho Internacional Humanitario, DIH, que establece que, entre herir o matar, debe preferirse la captura.
Las antiguas FARC han reconocido que se cometieron graves violaciones contra militares capturados, quienes, conforme al DIH, fueron personas protegidas y debieron recibir un trato digno. Esta realidad debe ser evaluada por la JEP al analizar las diversas aristas de las apelaciones.
Confiamos en que la JEP juzgue con objetividad todos los hechos bajo su competencia. Aunque gran parte del antiguo Secretariado de las FARC ha sido condenado, es necesario recordar que el sistema penal se ha concentrado históricamente en los insurgentes.
No obstante, el núcleo del problema radica en la persistente impunidad frente a los crímenes cometidos por agentes del Estado. Esto exige una respuesta institucional equilibrada, rigurosa y orientada al desmantelamiento de las estructuras que permitieron dichas violaciones, incluyendo aquellas que aún operan en el aparato estatal y en los poderes permanentes del régimen político colombiano.
Actividades restauradoras
¿Cómo será el cumplimiento de la sentencia y cuándo inician a cumplirla?
El cumplimiento de la sentencia se dará mediante la ejecución de sanciones propias con contenido restaurativo, tal como lo establece el Acuerdo Final de Paz. En el caso de los antiguos miembros de las FARC, ya se han venido implementando acciones como la búsqueda de personas desaparecidas y labores de descontaminación del territorio o desminado, entre otros, lo que evidencia una voluntad de cumplimiento anticipado.
La implementación plena de las sanciones dependerá de la garantía del Gobierno nacional respecto a la financiación de los planes de trabajo por parte de la JEP y del inicio formal de los Trabajos, Obras y Actividades con contenido Restaurador-Reparador, TOAR, en coordinación con las comunidades afectadas.
Los retos, es que la sanción deberá respetar la dignidad de los sometidos, impulsar las acciones del Acuerdo Final de Paz y, en el caso de las antiguas FARC, permitir su participación en política. Sin embargo, un asunto que opaca el cumplimiento de estas sanciones son las difíciles situaciones de inseguridad y exterminio que atraviesan los firmantes.
Restauración a comunidades
¿Dónde será, y hay relación entre el lugar donde se cometieron los delitos y los lugares donde se realizarán los trabajos obras o actividades?
En el caso de los 12 militares de bajo rango condenados por ejecuciones extrajudiciales del Batallón La Popa, los TOAR se realizarán en Valledupar, específicamente en el cementerio Ecce Homo, donde construirán bóvedas y 700 osarios para inhumar cuerpos de víctimas de los “falsos positivos” cometidos entre 2002 y 2005, entre otros.
En el caso de las antiguas FARC, se realizará en diversas zonas del territorio nacional, con actividades de contenido restaurativo como reconstrucción de memoria: instalación de centros comunitarios de memoria en zonas de alta afectación, acciones de descontaminación del territorio, acciones de preservación del medio ambiente , memoria y la búsqueda de desaparecidos, entre otros, con el acompañamiento a procesos de localización y entrega digna de cuerpos en regiones donde operaban frentes guerrilleros.
Sin embargo, es de anotar que las sanciones propias deberán realizarse en situación de restricción de derechos, y sin que ocurran mecanismos de privación de la libertad.
Participación en política
¿Qué pasa si los sentenciados tienen curules en el Congreso de la República?
En el caso de los exjefes de las FARC sentenciados por la JEP, no pierden sus derechos políticos ni sus curules en el Congreso, siempre y cuando cumplan con las sanciones restaurativas impuestas. Esto se debe a que el Acuerdo Final de Paz estableció un régimen transicional que permite la participación política de los firmantes, incluso si son responsables de crímenes graves. En esencia, las sanciones no podrán afectar la reincorporación, política, social y económica de los firmantes.
¿Qué piensa del pronunciamiento de la ONU sobre la sentencia?
El pronunciamiento de la ONU fue claro y favorable: calificó la primera sentencia de la JEP como un hito histórico en la justicia para la paz en Colombia. La Misión de Verificación y el Sistema de Naciones Unidas destacaron el reconocimiento de responsabilidad por parte del último secretariado de las FARC, el valor de las sanciones restaurativas como mecanismo legítimo de reparación, y el rol activo de las víctimas en el proceso judicial.
Además, hicieron un llamado al Estado colombiano para garantizar condiciones de seguridad y cumplimiento territorial, elementos clave para la implementación efectiva de las sanciones. Este respaldo internacional fortalece la legitimidad del modelo pactado en Colombia y reafirma el compromiso global con el cumplimiento del Acuerdo Final de Paz.
Lo que falta en la JEP
¿Se cumplen las expectativas de la JEP, o qué cree que hay que mejorar?
Destaco la posición de un grupo relevante de magistrados de la JEP, entre ellos Alejandro Ramelli, quienes sostienen que la Jurisdicción debe esclarecer los llamados crímenes de sistema, es decir, aquellos que responden a patrones macrocriminales y estructuras organizadas desde el poder.
Su labor diaria refleja un compromiso con el cumplimiento del Acuerdo Final de Paz y con el mandato constitucional.
Sin embargo, es preciso advertir que el modelo originalmente pactado sufrió modificaciones sustantivas por parte del Congreso y la Corte Constitucional, y la propia cúpula militar de la época.
Algunos magistrados han promovido interpretaciones que refuerzan una lectura punitiva del alzamiento en armas, han pretendido convertirse en un Tribunal de Guerra contra los insurgentes, asunto que afectará sin duda la no repetición del conflicto. Un mal mensaje al ELN.
Casos emblemáticos como el genocidio contra la Unión Patriótica y el Partido Comunista Colombiano enfrentan hoy serias limitaciones, para esclarecer la responsabilidad de altos mandos y agentes estatales.
En paralelo, el Caso 08 -que investiga crímenes no amnistiables cometidos por miembros de la Fuerza Pública, otros agentes del Estado y terceros civiles en asocio con estructuras paramilitares-, corre el riesgo de avanzar hacia escenarios de impunidad, si no existe una movilización jurídica y social que exija verdad integral y responsabilidad institucional.