El cambio en la liquidación del impuesto predial puede ser más lesivo para la ciudadanía

Lucholan
El Alcalde Peñalosa presentó a consideración del Concejo de Bogotá el Proyecto de Acuerdo No. 272 de 2016, el cual contiene una reforma tributaria regresiva y lesiva para la clase media y los sectores populares, disfrazada de simplificación tributaria, que cambia el sistema para liquidar el impuesto predial con base en el avalúo catastral.
La reforma tributaria establece una tabla de rangos de avalúos catastrales con sus correspondientes tarifas:
Desde cero hasta $ 93.076,000 con una tarifa del 6 por mil, desde $ 93.076.001 hasta $ 2.500.000.000, con unas tarifas que van aumentando desde el 6,1 por mil hasta el 10,5 por mil y desde $ 2.500.000.001 en adelante con una tarifa del 11 por mil.
Estas tarifas no son progresivas, pues hay saltos en algunos rangos y cuando el avalúo llega a más de $2.500 millones, desaparece la progresividad, ya que todos los predios pagan con la tarifa del 11 por mil, favoreciendo a sectores de la oligarquía que tiene predios y mansiones cuyo avalúo comercial supera los 5.000 millones.
Al suprimir los estratos en los rangos mencionados y establecer el avalúo catastral como factor para determinar la tarifa del impuesto predial, se escogió el método más inequitativo y regresivo, teniendo en cuenta que el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, hace más de treinta años desarrolló la metodología para calcular los avalúos catastrales, a la cual no se le ha realizado ningún ajuste, a pesar del tiempo trascurrido y de los cambios que se han dado en las características constructivas de los predios y en la complejidad del mercado inmobiliario.
Peñalosa desconoce que el incremento escandaloso de los avalúos catastrales en los últimos 10 años en más del 300% es la causa directa del aumento del impuesto predial, lo que desató año tras año protestas y reclamaciones de los contribuyentes sin ninguna solución.
El proyecto de acuerdo también establece que los rangos de avalúo catastral mencionados se ajustarán cada año en el porcentaje correspondiente a la variación del índice de precios de la vivienda nueva, IPVN del DANE, el cual se calcula de acuerdo a los precios de venta de la vivienda nueva en proceso de construcción y/o hasta la última unidad vendida, índice que resulta inapropiado e inconveniente para actualizar los rangos de los avalúos, pues no refleja el comportamiento real de los precios de la vivienda usada, desconociendo que todos los predios residenciales en la actualidad son vivienda usada y no vivienda nueva, cuyos precios han tenido aumentos significativos en un proceso de burbuja inmobiliaria.
El ajuste anual de los rangos de avalúo catastral con base en el IPVN y el incremento incontrolado de los avalúos catastrales que va a seguir (ya que Peñalosa no aceptó colocar ningún tope a éstos incrementos), generará el aumento automático de las tarifas (upaquización de las tarifas), desconociendo la facultad constitucional de los concejos distritales para fijar las tarifas.
Para tratar de mitigar el impacto del avalúo catastral en el impuesto predial -con base en el límite máximo de incremento del impuesto del 25% respecto del año anterior, establecido en el artículo 23 de la ley 1450 de 2011-, Peñalosa incluyó en la reforma tributaria para los predios residenciales unos límites de incremento máximo del impuesto predial del 20%, 18%, 15% y 10% según unos rangos de avalúo catastral, topes que resultan en un contentillo mentiroso, ya que dicho artículo señala que el límite máximo del 25% no aplica cuando hay procesos de actualización catastral
En Bogotá en los últimos cinco años se han hecho actualizaciones catastrales todos los años y la política de Peñalosa es seguir con estas actualizaciones y mantener actualizado el catastro, a pesar de que la ley 1450 de 2011 establece que se pueden realizar actualizaciones catastrales cada cinco años.
Según la información entregada por la Secretaría de Hacienda al Concejo de Bogotá, en el primer año de la reforma se le incrementará el impuesto a 886.463 predios, que corresponden al 56 % del total de los predios, siendo los más afectados los de estratos 2, 3 y 4. Asimismo, a 492.599 predios se les aumenta la tarifa.
En conclusión, la reforma tributaria peñalosista desconoce los criterios constitucionales de equidad, justicia, progresividad de los tributos y el deber del Estado de proteger los derechos fundamentales al trabajo y la familia, que implica el reconocimiento de un mínimo de recursos para la existencia personal y familiar que constituye la frontera a la presión fiscal, como lo señala la Corte Constitucional. Ignora que miles de personas no tienen capacidad de pago por la carga de tributos nacionales y distritales, bajos ingresos, desempleo y subempleo, y fenómenos de pobreza oculta que se vienen incrementando como consecuencia de la crisis económica que vive el país y la ciudad.
Bogotá requiere un nuevo sistema tributario equitativo y verdaderamente progresivo que aplique los anteriores criterios constitucionales, que garantice el derecho a la vivienda amenazada por el incremento en el impuesto predial; con unas tarifas acordes con el nivel de ingresos y capacidad de pago de la población; con límites al incremento del impuesto predial no superior al aumento del salario mínimo; estableciendo un nuevo método de valoración de los predios y actualización catastral cada cinco años; y colocando un máximo del 70% al avalúo catastral respecto al valor comercial de los predios residenciales.