En la cárcel El Buen Pastor en Bogotá, miles de internas esperan una nueva oportunidad para vivir en libertad. La Ley 2292 de 2023 es un primer paso para que puedan volver junto a sus familias, pero no es suficiente
Anna Margoliner
@marxoliner
Lina María Arana García tiene 27 años de edad y cursó hasta noveno grado. En mayo, su hijo cumplirá cinco años. Será otro cumpleaños en el que no podrá estar presente. Ella está recluida hace cuatro años en la penitenciaria para mujeres de Bogotá pagando una pena de nueve años por un hurto que cometió en el 2015.
Con la voz entrecortada, Lina recuerda: “Dejé a mi hijo faltando tres días para cumplir su primer año. El tema alrededor ha sido el más difícil y no poder celebrar su primer año de vida, fue muy duro. Él está últimamente tras mi teléfono, una pantalla para poderlo ver porque mi mamá también ya tiene 58 años y está a cargo de él. Nosotros literal no conocemos Bogotá, siempre hemos sido de Fusa”.
Añade que la situación económica de su familia no les permite venir a la capital para visitarla cada 15 o 20 días porque no cuentan con los recursos suficientes. Tampoco ha sido fácil vivir recluida: “he pasado por situaciones un poco duras, por ejemplo, el tema de la alimentación que es malísima. Me bajo mucho de peso, me descompenso”. Ella no recibe encomiendas, se rebusca adentro con lo que puede. “Es algo complejo, uno querer hacer mucho y a la hora del té no poder hacer tanto aquí adentro”.
Un golpe de realidad
Lina no puede acceder a los beneficios de la ley 2292 del 2023, básicamente porque no cumple con uno de los requisitos más importantes para tal fin: tener una condena de máximo ocho años. “Es una ley que puede que muchos la pinten accesible. Muchas mujeres teníamos la esperanza de que íbamos a salir de las reclusiones a nivel nacional con esta ley, pero tiene muchas trabas. Qué sacas con poner una ley así, pero cómo dice la canción la letra chiquitica que aparece, no te sirve”.
Señala que hoy en día los juzgados de conocimiento están poniendo condenas superiores por crímenes simples: “Cometí hurto en el 2015. Un espejo de cedro y solamente por eso mi condena es de nueve años. Son muy poquitas la personas que hoy en día tienen menos de ocho años. También demostrar la marginalidad al momento de cometer el crimen es muy difícil para muchas. Hay muchos obstáculos para poder acceder. Son ilusiones”.
A Lina le gustaría que la ley no tuviera tantos requisitos, que no fuera solamente para condenas menores de ocho años, sino que se pudiera extender un poquito más, principalmente, porque hay muchas mujeres que son madres cabeza de familia y han sido condenadas por su primer delito, dejando a sus hijos a la deriva.
Trabajo de las brigadas
Uldarico Flórez es el presidente de la Brigada Jurídica Eduardo Umaña Mendoza, que tiene como objetivo garantizar el debido proceso, el derecho de la defensa, la solidaridad y la promoción de los derechos humanos a las personas privadas de la libertad. Por esa razón, su trabajo se ha enfocado en las mujeres que pueden ser beneficiadas con esta ley.
“El trabajo en la Brigada frente a esta ley se ha limitado en hacer unas capacitaciones en diferentes cárceles del país. Especialmente trabajamos en la cárcel El Buen Pastor, en el caso de Bogotá. Creemos que este tipo de actividades, charlas, conferencias e intercambio de opiniones con las internas al menos creó la expectativa de permitir su conocimiento”.
Añade que uno de los compromisos de la Brigada radica en la elaboración de formatos para facilitar, de una manera más pedagógica, que las personas privadas de la libertad puedan colocar sus datos allí y, a través de estos, hacer los trámites, porque si esos trámites se hacen en el INPEC los documentos se pierden, se extravían, nunca llega.
El jurista argumenta que hay miles y miles de personas que viven en condiciones indignantes en los establecimientos de reclusión a nivel nacional. Esta ley puede ser una potencial herramienta para sacar del hacinamiento a miles de mujeres y mejorar así sus condiciones de vida. “La ley lo que busca es que las personas que cumplan unos requisitos establecidos presten un servicio de utilidad pública. Serán precisamente los jueces en cada uno de los casos quienes tomen las medidas pertinentes frente a las solicitudes que hagan las mujeres o sus defensores a través de las peticiones que presenten”, expresa Flórez.
Delitos de pobreza
Dicha ley modifica algunos apartes del Código Penal, especialmente los artículos relacionados con los delitos que se catalogan de pobreza, es decir, que en la mayoría de los casos son inducidos por una condición de marginalidad, tales como: Hurto, Hurto Calificado, Agravantes del Hurto y del Hurto Calificado, Conservación y Financiación de Plantaciones, Tráfico, Fabricación y Porte de Estupefacientes, y Destinación Ilícita de Muebles o Inmuebles.
Finalmente, el abogado Flórez destaca que a pesar del impacto positivo que ha tenido en las mujeres la entrada en vigor de esta ley, “lo que nosotros vemos y hemos notado en este año de experiencia es que efectivamente falta mucha pedagogía. Creo que el vacío que hay es precisamente la pedagogía que puede hacerse a través de los diferentes Ministerios que tienen responsabilidades con respecto a esta ley, es decir, el Ministerio de Justicia y el de Trabajo”.
Muchas mujeres como Lina sueñan con la posibilidad de salir para que, con la ayuda de la implementación de leyes como esta, les sea fácil conseguir un empleo, retomar sus vidas, poder ver a sus hijos crecer, luchar por sus sueños y, sobre todo, gozar de las oportunidades que todas merecemos.