miércoles, abril 24, 2024
InicioNueva ColombiaNo a la aspersión con glifosato

No a la aspersión con glifosato

El presidente Iván Duque contaba con el regreso de la aspersión aérea con glifosato para combatir los cultivos de coca, que había sido suspendida desde 2015 por los riesgos para la salud advertidos por la Organización Mundial de la Salud, OMS

Claudia Flórez Sepulveda 

El reciente fallo de la Corte Constitucional le impide al gobierno de Iván Duque hacer uso del glifosato en lo que le resta de su gobierno. Para entender los alcances de la decisión, el semanario VOZ entrevistó a Olga Lucía Naizir García, abogada del Colectivo Sociojurídico Orlando Fals Borda.

El fallo de la Corte surge como respuesta a las acciones jurídicas de las comunidades, organizaciones de derechos humanos como el colectivo Orlando Fals Borda ¿cómo fue el proceso?

-Primero, es preciso resaltar que la sentencia T-413 de 2021 de la Corte Constitucional dejó sin efecto el permiso ambiental para el retorno de las aspersiones con glifosato, al confirmar que los trámites del Gobierno vulneraron los derechos fundamentales de las comunidades de 104 municipios en 16 departamentos.

La decisión acumuló las acciones de tutela de un grupo de campesinos del municipio de Policarpa, Nariño, junto con aquellas que presentó el colectivo Orlando Fals Borda y que suscribieron 89 organizaciones sociales, de derechos humanos, ambientales, académicas y campesinas.

También se resalta la Red de Derechos Humanos del Pacífico Nariñense, la red PANA, integrada por comunidades étnicas tanto indígenas como negras, que ante el riesgo que significa el regreso a la aspersión, decide acompañar e impulsar acciones jurídicas para defender sus derechos fundamentales. Ha sido un proceso largo de comunidades en todo el país para evitar el regreso de las aspersiones con glifosato porque eso significa la muerte de las comunidades.

Olga Lucía Naizir García, abogada del Colectivo Orlando Fals Borda

El derecho a la consulta previa

¿Cuáles son los principales alcances del fallo?

-La Corte determinó la existencia de afectaciones directas a las comunidades étnicas en la consulta previa, señalando que los medios virtuales no son idóneos para garantizar la participación y que las redes sociales no permiten establecer si los conectados son residentes de los municipios afectados.

Por lo tanto, ordena adelantar los procesos de consulta previa en los municipios con presencia de pueblos indígenas y comunidades étnicas donde se adelantarían las aspersiones y establece que se vuelvan a realizar las reuniones informativas, las conferencias públicas virtuales de manera presencial y ordenar a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, ANLA, que presente excusas a los accionantes por haber vulnerado sus derechos fundamentales.

¿La decisión de la Corte echa atrás medidas gubernamentales?

-El contenido del fallo rechaza la resolución 001 del 10 de marzo de 2020 del Ministerio del Interior, la cual desconocía el derecho a participar en las decisiones a los pueblos étnicos e indígenas, presentes en los territorios donde se llevarían a cabo las aspersiones.

La Corte también dejó sin efecto la resolución 0694 de 14 de abril del 2001 mediante la cual la ANLA había concedido a la Policía Nacional la aprobación del permiso ambiental general para el regreso de las aspersiones. Esto por desconocer el derecho a la participación de las comunidades rurales que resultarían directamente afectadas tras las audiencias virtuales y semipresenciales que se impusieron en la pandemia.

El contenido de la decisión cuestiona a la ANLA por desconocer las realidades de la ruralidad colombiana y la brecha de conectividad con el resto del país, y por la imposibilidad de determinar si los asistentes hacían parte de las regiones afectadas.

Lo que significa que la ANLA está obligada a garantizar de manera efectiva la participación de la comunidad a través de medios idóneos según la realidad y las limitaciones de conectividad de cada uno de los territorios.

Las comunidades

Entonces, ¿qué pueden esperar ahora las comunidades?

-El glifosato en los territorios se ha convertido en un asunto de vida o muerte. Se trata de la protección de la vida, el agua y los recursos naturales. El Gobierno no puede seguir con la práctica de la aspersión con glifosato, sin valorar las consultas de las comunidades y violando a toda costa su derecho fundamental de la participación, de poder decidir sobre que debe pasar con sus vidas, sus territorios, defender la salud y la existencia de un ambiente sano. Esta decisión genera esperanza para estos territorios y se espera que el Gobierno acate y cumpla en la totalidad el mandato.

La insistencia de la aspersión es un claro ejemplo de que el Gobierno no quiere cumplir el acuerdo de sustituir estos cultivos. No existen con este gobierno hostil garantías, es importante insistir en el cumplimiento del Acuerdo de Paz, es lo que reclaman las comunidades, especialmente en el punto sobre la sustitución voluntaria de cultivos de uso ilícito.

Las comunidades esperan que la consulta previa no solo pregunte si las erradicaciones forzadas deben realizarse o no, es preciso que se respete el pensar y sentir de la gente. En la actualidad los líderes y lideresas en los territorios que defienden la sustitución voluntaria de cultivos de uso ilícito son asesinados y asesinadas sin que haya protección por parte del Estado, lo que implica la necesidad de garantizar la seguridad y protección de la vida.

Posibles salidas

En conclusión, ¿para ustedes cómo debe ser la solución a esta problemática?

-En el colectivo Orlando Fals Borda consideramos que puede ser un paso necesario el cambio de enfoque de salud pública, ligado también a la promoción de la diversidad de usos de la hoja de coca.

El enfoque de salud pública debe ser una línea fundamental para que sea necesario romper el mercado de las economías ilícitas, las rutas y las relaciones de la mafia con los sectores más poderosos de la economía, la política nacional e internacional que maneja la droga, su transporte y comercialización, una red criminal.

La apuesta está ligada a que el Gobierno Nacional cumpla con lo pactado en el punto cuatro del Acuerdo de Paz y que priorice la sustitución concertada de los cultivos de uso ilícito, garantice la financiación de los programas de sustitución a las comunidades rurales como camino certero para abordar bajo un nuevo esquema y enfoque el problema del narcotráfico en el país.

Otro punto fundamental es potenciar la participación de toda la comunidad y sus organizaciones de los territorios involucrados. Ninguna política puede desarrollarse efectivamente sin la participación y consulta previa de las comunidades, especialmente si afecta su modo de vida y el cuidado de la naturaleza que la rodea.

RELATED ARTICLES

Most Popular

Recent Comments