Margarita Sánchez Gualdrón
El archivo del proyecto de reforma laboral radicado en el primer semestre del 2023 por el Gobierno Nacional se dio bajo la utilización de tácticas de ausentismo y dilación por parte de la oposición. Abuso de figuras como los impedimentos y recusaciones, solicitud de sesiones informales, presentación de ponencias alternativas regresivas e incluso la presentación de ponencia de archivo, todo mediado por la ruptura de la coalición inicial del gobierno, representó el ambiente más hostil para un proyecto que contaba con la atención de toda la ciudadanía. De manera burda e irrespetuosa la omisión legislativa triunfó.
La táctica ruin no permitió que el debate en el legislativo progresara. Omitiendo sus deberes, decidieron apartarse de la discusión, bloqueando de forma leguleya un debate impostergable. El argumento mediático de quienes asumieron esta postura fue que el proyecto no se discutió suficientemente, como si insuficiente fueran meses de trabajo, mesas técnicas, aportes internacionales y audiencias públicas multitudinarias.
Con una actitud revanchista decidieron negarle al país una discusión de altura, que incluso ya contaba con consensos y que el país esperaba que fuera el Congreso de la República quien definiera en bien de los intereses de la nación una reforma avanzada y de derechos. Vale la pena preguntarse: ¿Se incurrió en un abuso del derecho por parte de los Congresistas ausentistas? ¿Están incursos en una causal de pérdida de investidura? e incluso, si como ultima ratio, ¿Podría hablarse de un delito de prevaricato por omisión?
Ahora bien, partiendo de la base de que, como lo mencionaron todos y cada uno de los sectores, la reforma laboral es una necesidad pues nuestra legislación devino vetusta y no se corresponde con las necesidades actuales del mundo del trabajo, en el mes de agosto de 2023 la Ministra Gloria Inés Ramírez radicó una segunda versión del proyecto.
De la anterior versión a esta se pueden destacar varias cosas: La estabilidad sigue proponiéndose como regla general. Se mantienen otras modalidades de contratación para atender necesidades temporales de empleadores como el contrato a término fijo, que podrá celebrarse por un término superior a un mes y hasta tres años, variando con la versión archivada que señalaba que el término máximo sería de dos años.
Otro de los cambios se da en cuanto a la jornada de trabajo diurna: en la versión anterior se señalaba que iría de 6:00 am a 6:00 pm y en la actual de 6:00 am a 7:00 pm. En cuanto a remuneración de trabajo suplementario del 100% cuando se realice descanso obligatorio, la nueva versión contiene la forma en la que la medida entraría a operar gradualmente hasta tener el 100% en 2026. Dentro de los temas que pueden presentar discusión está la regulación de las plataformas digitales y el trabajo en puertos, la estabilidad laboral reforzada y las prohibiciones a los sindicatos.
El país se encuentra expectante sobre este proyecto, pero se debe tener en claro que seguramente la oposición recurrirá a las mismas tácticas del pasado. Es por ello que iniciativas como el de las Reformas a la Calle y la movilización social en general son trascendentales para poder equilibrar la balanza y ganar el pulso. En esta reforma se encuentra en juego la justicia laboral, la dignificación de la vida de las personas trabajadoras y la posibilidad de modernización de nuestro país.