Vulneración de derechos y vacíos jurídicos

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Maylor Caicedo Fraide

Los congresistas del Partido Comunes, recientemente, lideraron la radicación de un proyecto de ley, que busca garantizar el reconocimiento y pago de la pensión especial de vejez por ocupaciones de alto riesgo para la salud, entendiendo por estas, las que su desempeño implica la disminución de la expectativa de vida saludable del trabajador o la necesidad del retiro de sus funciones laborales con relación a su trabajo.

Entre las ocupaciones de alto riesgo se encuentran: trabajos de minería, de exposición a las altas temperaturas, a las radiaciones ionizantes, a las sustancias comprobadamente cancerígenas, bomberos, personal del INPEC y técnicos aeronáuticos con funciones de control de tránsito aéreo.

Aunque la Ley 100 de 1993 articuló el Sistema General de Riesgos Profesionales y se actualizó en materia de pensiones especiales con el Decreto 2090 de 2003, hoy no existe un registro de empresas y trabajadores que desempeñan actividades de alto riesgo para la salud. Según la Escuela Nacional Sindical, existían en 2015 alrededor de 400 mil trabajadores que, en diferentes sectores, tenían ocupaciones de alto riesgo. No obstante, esta cifra, con los avances científicos y tecnológicos, se incrementó debido al número de ocupaciones que ponen en riesgo la salud de los empleados colombianos.

Es elevado el subreporte de las cotizaciones especiales desde hace dos décadas, pues muchas empresas no realizan el aporte al Sistema General de Seguridad Social como ocupaciones de alto riesgo, sino como empleados comunes. Uno de los avances del este proyecto de ley es la creación del Sistema Nacional de Identificación, Registro y Seguimiento de ocupaciones de alto riesgo para la salud y de las empresas y trabajadores que las realicen.

La función de expedición del “certificado de ocupación de alto riesgo” estará en cabeza del Viceministerio de Empleo y Pensiones, teniendo presente los lineamientos de la OIT sobre trabajos de naturaleza penosa, tóxica, peligrosa e insalubre. Este es un claro avance en el reconocimiento de los derechos de los trabajadores de ocupaciones de alto riesgo que, seguramente, superan el medio millón en Colombia.

Muchos de los trabajadores que desempeñan ocupaciones de alto riesgo se ven en la obligación de acudir a un proceso judicial para que se les reconozca una Pensión Especial de Vejez, situación que este proyecto de ley pretende regular y garantizar su acceso a edades inferiores y así ser recompensados por el deterioro causado a su salud. Es urgente consolidar una Guía Técnica Tripartita (gobierno, empleadores y trabajadores) que determine claramente los procedimientos que conlleven al reconocimiento y pago de la pensión para los trabajadores de estos sectores.

Si bien el Decreto 2655 de 2014 prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2024 el régimen de pensiones especiales para actividades de alto riesgo, después de esta fecha se entra en un limbo jurídico, ya que los obreros no podrán ser beneficiarios de condiciones especiales que garanticen su pensión de vejez.

El proyecto de ley hace un llamado a la urgencia en la regulación de estos oficios poco reconocidos por el Congreso de la República. Aquí no valen razones de índole político o señalamientos al Partido Comunes que presenta la iniciativa. Es el acceso a derechos y la Pensión Especial de Vejez de personas que laboran en condiciones difíciles, quienes arriesgan su vida y disminuyen su expectativa de vida saludable, la cual está en juego.