José Ramón Llanos
Los empresarios, núcleo fundamental de la clase gobernante, han lanzado una soga con nudo corredizo al cuello de los magistrados de la Corte que deben decidir sobre la constitucionalidad de la Ley de Financiamiento, al exigir a los togados que fallen validando la mencionada ley, aunque viole u omita algunas disposiciones de la Constitución. Los empresarios pretenden que los supuestos beneficios de una ley exigen que la Corte Constitucional la apruebe aunque viole la Constitución. O sea que la condición fundamental para la exequibilidad de una ley es la consecuencia económica de la misma y no si cumple o no las disposiciones constitucionales. Los líderes empresariales están vendiendo la idea de que si una ley resulta inconstitucional y esta decisión afecta negativamente la economía, los responsables de estos efectos negativos son los magistrados y no el gobierno, en cabeza del presidente, su ministro de Hacienda, su equipo económico y los empresarios al no haber sido capaces de implementar un modelo económico, ajustado a la Constitución y a las leyes y además generador del desarrollo, del pleno empleo, capaz de disminuir la pobreza y la indigencia y protector de la naturaleza.
Oyendo a los empresarios entrevistados en radio y televisión y leyendo sus declaraciones a los periodistas y finalmente estudiando el documento remitido por la ANDI a la Corte Constitucional, nos enteramos que los gremios económicos colombianos, menosprecian las instituciones y la juridicidad y sobrevaloran sus utilidades y ganancias.
Si aceptamos sus argumentos no es que las leyes deban estar acordes con los principios y contenidos de la Constitución, sino con los condicionantes que la conveniencia de la economía establezca. Por tanto, los magistrados no deben analizar los procedimientos con que fueron aprobadas las leyes y sus contenidos, para determinar su exequibilidad, no, las decisiones de la Corte deben tener como referente si las leyes y decretos estimulan el crecimiento económico o no. Vale decir que si las leyes garantizan ganancias y gabelas de los empresarios nacionales o extranjeros, deben declararse exequibles, así violen la Constitución o haya sido aprobada violando las normas establecidas para la correcta emisión de las leyes.
La exequibilidad de la ley de Financiación, según el criterio de la ANDI, está determinada porque significa “un importante avance al bajar la presión tributaria de las empresas, contribuye a la competitividad que tanto se había reclamado desde el sector privado, y en general fortalece el sector empresarial en Colombia”… Como se ve, ningún argumento jurídico, solo la conveniencia económica para los empresarios, especialmente que “fortalece el sector empresarial. Además, según la ANDI, si se declara inexequible se envía un mensaje negativo a las calificadoras de riesgos. O sea que hasta organismos extranjeros, deben ser tenidos en cuenta por la Corte para decidir sobre la constitucionalidad de las leyes en Colombia.
Según el discurso y la presión del empresariado, la Corte Constitucional esta instituida, no para defender la Constitución, sino para garantizar los intereses y utilidades de las empresas nacionales y multinacionales.
La academia, los juristas honestos, no dependientes, empleados o litigantes en favor de los empresarios, los sindicatos e intelectuales progresistas debemos expresar masivamente por todos los medios el apoyo decidido a la Corte Constitucional solicitando a los magistrados que fallen en derecho en cumplimiento de sus deberes.
Las consecuencias económicas de la inexequibilidad de la ley de Financiamiento son responsabilidad del Gobierno y de los distintos agentes económicos del capital y sus agencias y empresas.