Ordenamiento sin redistribución

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Altos de Chirí en Briceño, Antioquia. Foto Bibiana Ramírez

La productividad del campo, la redistribución de la tenencia de la tierra y la protección del campesinado como sujeto político han de ser las premisas orientadoras para el ordenamiento de la propiedad rural. Sin embargo, el Gobierno nacional implementa lo que le conviene del Acuerdo de Paz mientras despilfarra dineros públicos

Jaime Osorno
@CocoOsorno

El Ordenamiento Social de Propiedad Rural, OSPR, es quizá la estrategia sobre la cual depende gran parte de la implementación de la reforma rural integral, acordada en el punto uno del Acuerdo de Paz. Es tomada de las recomendaciones de la Misión para la Transformación del Campo Colombiano, y fue desarrollada conceptual y metodológicamente en el gobierno de Santos desde el extinto Incoder, el Ministerio de Agricultura, la UPRA y actualmente su implementación está en manos de la Agencia Nacional de Tierras.

Formalmente el OSPR es aspecto esencial en la “política pública para la transformación del campo colombiano” que busca la armonización de los usos agropecuarios con la tenencia de la tierra, es decir, ordenar el uso y su ocupación tanto de las tierras privadas como de la administración de las tierras de la nación, promoviendo el “acceso progresivo, la distribución equitativa, seguridad jurídica…” según la resolución 129 y 130 de 2017 emitida por Minagricultura.

El OSPR es la síntesis de una estrategia de intervención pública, es la materialización de la política de acceso y formalización, es la base sobre la cual se han de materializar los tres millones de hectáreas al Fondo de Tierras y la meta de los siete millones de hectáreas en formalización.

El gobierno de Santos creó e institucionalizó la política del OSPR y el gobierno Duque se ha encargado de su implementación, o al menos lo ha intentado. Más allá del continuismo, lo que se esconde es la una verdadera estrategia de formalizar, legalizar o institucionalizar el estado de cosas actual en materia de tierras. Desarrollar una política de OSPR sin antes distribuir la tierra y saldar la deuda histórica de reforma agraria, es inaceptable.

La experiencia de Ovejas, Sucre

¿En qué va el OSPR? Han sido dos las vías transitadas para definir la implementación de los planes de OSPR. Una vía ha sido en cumplimiento del Conpes 3859 de 2016 y el Conpes 3958 de 2019 en articulación con el programa del Catastro Multipropósito. La segunda vía para la selección de municipios está determinada en la resolución 130 de 2017 del Ministerio de Agricultura. De los 1.047 municipios donde se focalizó la oferta institucional para la implementación del OSPR se priorizaron 107. De éstos, solo 56 cuentan con “socio formulador” y acto administrativo de focalización.

Gran parte de la financiación de estos procesos se ha realizado con empréstitos de la banca internacional y aportes de gobiernos extranjeros. Especialmente BM, BID y USAID. Quienes fungen como socios estratégicos y operadores de la política pública son la OIM, PNUD, FAO y USAID principalmente, en un entramado de contratistas terceros que desdibuja el papel Estatal de la acción pública, al tiempo que devela los intereses extranjeros sobre el particular.

Son más de 215 mil millones de pesos que están en ejecución desde el 2016 y tan solo un Plan de OSPR ejecutado, ¡Uno! El municipio de Ovejas en el departamento de Sucre, ha sido el único municipio donde el plan de ordenamiento social de la propiedad ha sido formulado y ejecutado, gracias a la “generosa” financiación del Gobierno estadounidense.

Amén de sus resultados cuyo tamaño promedio de los predios formalizados fueron de 400 mts2; es decir que, según este promedio, una hectárea de tierra la dividen para 25 familias. Esto tiene una explicación: se concentraron en los centros poblados, en las viviendas de los jornaleros de la gran hacienda y/o en los campesinos sin tierra, dejando incólume las grandes haciendas y fincas. Pobre resultados para tan ingentes esfuerzos políticos, financieros e institucionales, sumados a las expectativas de los pobladores rurales que nuevamente han visto desvanecer sus sueños y derechos de acceso a tierras.

Estructura agraria desigual

De los 56 municipios con planes de OSPR solo uno está ejecutado, 40 municipios los tienen formulados y aprobados, de éstos solo cuatro han iniciado su ejecución; 13 sin aprobar y dos han sido excluidos de la programación. (Datos al 28 de febrero de 2021). Luego de más de ocho años de acordado y tres años de implementación del punto uno sobre reforma rural integral no se han implementado los planes de OSPR. Estos son documentos vacíos e inocuos si no se implementan, amén de la perversidad que se puede advertir de sus contenidos y mucho más aun de las implicaciones mayores en torno a consolidar la actual desigualdad en la tenencia de la tierra rural.

La experiencia “piloto” de implementación del plan de OSPR de Ovejas muestra lo que puede ser el reflejo de los demás municipios, es de suma gravedad, en tanto institucionaliza vía Acuerdo de Paz y ley 160 de 1994 los procesos de fraccionamiento antieconómico de la propiedad o el microfundio improductivo en los procesos de titulación de baldíos, adjudicación de bienes fiscales patrimoniales y formalización de pequeña propiedad rural.

Es decir, un ordenamiento social de la propiedad rural que deja instaurada una estructura social agraria desigual donde el precepto constitucional de dotación y acceso progresivo a tierras a pobladores rurales queda sepultado definitivamente.

La importancia de redistribuir la tierra

La productividad del campo, la redistribución de la tenencia de la tierra y la protección del sujeto rural – campesino, han de ser las premisas orientadoras y condiciones sine qua non para el ordenamiento de la propiedad rural; sin ello ningún ordenamiento puede ser concebido, pues los campesinos siguen siendo sujetos de reforma agraria antes que de ordenamiento, obligación del Estado que desde 1961 se ha contemplado como propósito del Estado y en 1994 ha institucionalizado formalmente para la reforma agraria y cuyo último intento – insuficiente- de reiterar e impulsar dicho propósito fue el punto uno de los Acuerdos de Paz en 2016.

Más allá de los raquíticos resultados logrados hasta ahora, no basta con el OSPR, hay que hacer mucho más que ordenar; hay que saldar la deuda histórica con la redistribución de tierra, y muy a pesar de que en el Acuerdo de Paz el tema de la redistribución de la tierra es inexistente, en la actualidad hay que hablar de reforma agraria y exigirla, antes de hablar del ordenamiento social de la propiedad a menos que dicho ordenamiento se plantee la modificación radical de la actual estructura social agraria, ligada ésta [el acceso y redistribución] al uso agrario y ambiental del suelo, donde el Estado debe proveer y garantizar su regulación e implementación.

Cuadro 1. Relación de Contratos ANT para la formulación en implementación de los Planes de OSPR

Convenio Valor total
Convenio No.361/16 FAO – ANT $50.589.111.014
Convenio No.653/17 Valor + – IDEA – ANT $14.000.000.000
Convenio No.715/17 Fondo de Adaptación – ANT Convenio No.951/17 PNUD – ANT $17.000.000.000
Convenio No.963/17 OIM – ANT $35.511.732.806
Convenio No.951/17 PNUD-ANT $72.799.344.000
Convenio 1278/19 FAO – ANT $25.187.296.000
Acuerdo PNTP de USAID – ANT No reporta
TOTALES $215.087.483.820

Fuente: cálculos propios. Datos tomados de ANT Informe de Gestión 2020 y primer trimestre 2021. https://www.agenciadetierras.gov.co/wp-content/uploads/2021/06/IG_2020.pdf