jueves, diciembre 12, 2024
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“La burguesía no va a soltar nada”, Óscar Dueñas

Crítica de la legislación neoliberal contra la clase obrera y las propuestas de reformas que empoderen el derecho del asalariado

José Ramón Llanos

Ante las propuestas de reforma laboral planteadas por la ministra de Trabajo Gloria Inés Ramírez, decidimos entrevistar al magistrado Oscar Dueñas, uno de los abogados con mayor conocimiento del derecho laboral colombiano. Vale la pena señalar que la mayor parte de su vida la ha dedicado a la defensa de los trabajadores colombianos.

En una intervención de Gloria Inés Ramírez enumera las leyes beneficiosas para los trabajadores que fueron desmontadas por el neoliberalismo. Menciona entre otras la reducción en el monto de la indemnización en el caso de despidos injustificados
-Eso no se desmontó por ley, lo desmontó la jurisprudencia. La situación en Colombia es tan grave que el Código Sustantivo del Trabajo expedido por Mariano Ospina Pérez, tres días antes de cumplir su cuatrienio, es menos malo que la Ley 50 de 1990 expedida por el Congreso. ¿Por qué es menos malo? Porque la Ley 50 se expide en el momento en que despega el neoliberalismo, además, en Colombia está en auge la guerra sucia. Es decir, las dos situaciones objetivas viabilizan la Ley 50. Lo más grave de todo esto, es que, en la Constitución de 1991, posterior a la Ley 50, se adoptaron parámetros del contenido de esa Ley.

¿Por qué se dice que hay algunos aspectos positivos para los trabajadores en la Constitución de 1991?
-Efectivamente, por ejemplo, el artículo 53 es beneficioso para los trabajadores, porque es obra de una comisión integrada entre otros por Aída, Avella, Carlos Daniel Abello Roca, Guillermo Guerrero Figueroa. Según Abello Roca hicieron una especie de simbiosis entre el pensamiento del presidente López Pumarejo y la Ley 50, es decir que hubo un pluralismo. Por esa razón, la redacción de artículo 53 de la Constitución, quedó en un 95 por ciento a favor de los trabajadores.

Redundante pero útil

A propósito, usted dice que es necesario articular en un texto legal los principios del artículo 53 de la Constitución, ya que contiene cinco proposiciones jurídicas que deben integrarse. La primera le da orden al Congreso de expedir el Estatuto del Trabajo, que no debe cobijar únicamente a los trabajadores particulares, debe cobijar a los servidores públicos. La segunda reseña principios mínimos fundamentales que son vinculantes pese a no haberse promulgado el Estatuto, son ellos la igualdad de oportunidad para los trabajadores, remuneración etc.

Óscar Dueñas Ruiz, exmagistrado de la Corte Constitucional. Foto archivo VOZ

Mi pregunta es ¿Cómo realizar todo lo que usted propone ahí?
-Esos principios constitucionales aparentemente redundante repetirlos en una ley, si ya están en la Constitución.  Sin embargo, no sobra recordarlos, hay un ejemplo muy claro en la Historia de Colombia, el título tercero de la Constitución del 86 se conoció porque lo involucraron en el Código Civil. Entonces el señor Caro determinó que todo ese título pasaba al Código Civil, al llegar al Código Civil prácticamente la gente se enteró. Entonces repetir los principios de la Constitución resulta redundante, pero es útil.

¿Por qué usted dice que hay que empoderar el movimiento sindical frente al poder hegemónico empresarial? Y sugiere que se cambie la legislación en el sentido de que no se permita más de una convención colectiva en una empresa.
–Ese es un punto que hay que analizar con mucho cuidado. La costumbre en Colombia era que cada sindicato tenía su convención y en una empresa podría haber varias convenciones, la Corte Constitucional permitió eso. Que fue una de las peores cosas que ha hecho la Corte, permitir que hubiera varias convenciones, pero de todas maneras cada sindicato se identificaba con su convención.

¿Cuándo cambió esa situación?
-Eso se perdió en la práctica por el miedo de los sindicalistas a firmar las convenciones, debido a los contrapliegos. Tenían miedo de que, al suscitarse el conflicto colectivo, el empleador cambiara aspectos que ya habían logrado y entonces prefirieron no firmar convenciones. Pero en el año 1992 se presentó el problema de las cesantías. Los empleadores les dijeron a los sindicatos: firmamos las convenciones si se cambia el régimen de las cesantías y se aplican la de Ley 50.

Los poderos contra la Corte

Casi todos los sindicatos se negaron.  No hubo convenciones colectivas y los empleadores dijeron: como no hubo convenciones colectivas sigue el mismo salario de antes. Pero vino la sentencia 102 de 1995 de la Corte Constitucional que expresó: aunque no firmen convenciones, se debe aumentar el salario.

¿Es cierto que por esa decisión los grandes empresarios atacaron la Corte Constitucional?
-La sentencia salió a las once de la mañana, yo le digo todo esto porque yo hice el borrador, y nosotras trabajamos en la 72 y a las once de la mañana se firmó. A las tres de la tarde en la Federación de Cafeteros se reunieron los grupos más poderosos para criticar a la Corte por esa sentencia y desataron un ataque muy fuerte contra la Corte.

¿Usted cree que ante una posible reforma laboral progresista impulsada por la ministra Gloria Inés Ramírez, suceda lo mismo?
-Es decir, lo que yo quiero significar es que estos temas sí son los que van a dar lugar a enfrentamientos. La burguesía no va a soltar nada, porque nunca lo ha tolerado, lo toleró cuando la Iglesia la obligó a través de encíclicas y con un grupo de jesuitas la presionaron a aceptar el derecho laboral. Esa es la razón por la cual crearon la UTC, para neutralizar la lucha de la central obrera progresista creada por el Partido Comunista y un sector avanzado de los liberales, la CTC.

Pensamiento único

A propósito, ¿por qué con tanta facilidad el neoliberalismo logró desmontar las disposiciones favorables al sindicalismo y a la clase obrera? Cuestión que recientemente la ministra Gloria Inés Ramírez con gran valentía denunció.
-Por el pensamiento único. Porque la burguesía necesita para super explotar a la clase obrera el neoliberalismo, la globalización, la flexibilización laboral. Con la cual les quitan derechos a los trabajadores, eso hace parte de la esencia del neoliberalismo. Esa es la razón.

Usted afirma que en cuanto a la hermenéutica de las normas convencionales tiene como premisa lo obvio: una norma convencional tiene el mismo valor que una ley. Explíqueme eso.
-Aquí se creó en Colombia la equivocación de que la jurisprudencia es vinculante. Eso no existe. La Constitución del 91 dice todo lo contrario, dice que la jurisprudencia es fuente auxiliar. Es decir, no es obligatoria. La Corte Constitucional en 1993 declaró inconstitucional un artículo que decía que la jurisprudencia de la Corte Constitucional era obligatoria. Y la misma Corte Constitucional por unanimidad, dijo eso es inconstitucional. Entonces, es muy importante la jurisprudencia, pero no es una ley.

¿Entonces por qué con tanta frecuencia pronunciamientos de la Corte la prensa institucional los destaca tan exageradamente?
-Porque eso induce a la gente a exagerar el valor de esos pronunciamientos y con esa táctica la maneja con mucha habilidad la oligarquía, Además, es más fácil conseguir una sentencia con la firma de cinco magistrados, que una ley en el Congreso. Esta es la razón por la cual los magistrados aparecen copando el sitio del legislador.

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