viernes, marzo 29, 2024
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Justicia comunitaria

La verdadera paz se da con justicia, es decir, que la paz no solamente implica el cese de la guerra, sino también en que las relaciones cotidianas se equilibren, el dominio de un sector de la sociedad y las desigualdades existentes entre los seres humanos desaparezcan.

Justicia en las comunidades.
Justicia en las comunidades.

Rubiel Vargas Quintero

La Justicia comunitaria o alternativa es un tipo de Justicia que se caracteriza por ser flexible, informal, amparada por un derecho alternativo a los procesos ordinarios. Tiene sus propias dinámicas de identidad y pertenencia, procedimientos, valores, condiciones cambiantes, de poca duración, que contribuye a la construcción de una democracia participativa y pluralista. Es una institución que la dinamiza el ámbito social comunitario, que busca la resolución de conflictos sin la intervención del ordenamiento jurídico estatal.

La comunidad es todo espacio, grupo o sector que comparte intereses, objetivos, necesidades y problemas. Una comunidad también genera colectivamente una identidad. Esto quiere decir que comunidad no es necesariamente la sumatoria de personas que se encuentran habitando un territorio geográfico, pues también hay comunidades que “habitan” espacios culturales como los jóvenes, los indígenas, los campesinos, las comunidades homosexuales, trabajadores, etc.

¿Qué es la Justicia comunitaria? Es un espacio de participación social, donde una comunidad utiliza las formas propias y legítimas de que dispone para atender sus conflictos, a partir de sus propios referentes comunitarios, en el marco de la equidad.

Hace uso de sus propios significados culturales, de su orden moral, para la incorporación de la propia población en la resolución de sus conflictos, que las comunidades van construyendo sobre preceptos justos que ayuden a solucionar sus conflictos de manera proporcional según sus necesidades. La Justicia ayuda a sintetizar con criterios de participación comunitaria en la construcción de referentes en equidad en la vida cotidiana para superar las inequidades de la sociedad. Por eso su límite jurídico es el respeto a los derechos humanos para construir una comunidad democrática.

Sistema autogestionario

Para que goce de Justicia comunitaria es necesario que contenga elementos de administración de justicia, y que tenga una comunidad en la que se inscribe con amplias dinámicas de identidad y pertenencia. Si falta alguna de las dos, estaremos frente a otro tipo de situación.

Es un sistema autogestionario de su propia regulación de conflictos, consensual, no es impositivo, se soporta en normas comunitarias, se reconoce la institucionalidad del ámbito social, se comprenden como movimientos transformadores de sus realidades inmediatas. El manejo adecuado del conflicto puede llegar a construir diálogos transformadores que permitan modificar las desigualdades existentes entre hombres y mujeres, entre jóvenes y adultos, entre profesionales y no profesionales. Las relaciones de convivencia son los lazos que dinamizan a una comunidad en torno a sus intereses, objetivos, necesidades, inclusive problemas comunes.

Los procedimientos se realizan en lugares que las comunidades ubican organizadamente en espacios como las juntas de acción comunal, o casas comunitarias, que se encuentran cerca para tener acceso a su administración. Las personas que orientan y colaboran con la armonía en convivencia se les denomina conciliadores en equidad que usan un lenguaje común, muy personal, a diferencia del lenguaje profesional de las instituciones jurídicas establecidas por el Estado. Las formas de pensar, de actuar, de relacionarse, de amar, y las expresiones utilizadas son las comúnmente empleadas por la comunidad cercana. Esto permite un mayor acercamiento y comprensión para dirimir sus conflictos. Son nuevas formas para construir normas reguladoras dentro de la comunidad.

Conciliadores en equidad

Los conciliadores son personas que colaboran en forma horizontal, no tienen jerarquía ni especializaciones. Por regla general tienen una formación amplia en convivencia comunitaria, en conciliación y consenso, en derechos humanos, en convivencia pacífica, de mediación y justicia de paz. Los voluntarios de la convivencia comunitaria tienen como regla general no revelar la identidad ni el conflicto de las personas que acuden con el ánimo de solucionar sus conflictos. No cobran por sus servicios, ponen como práctica su discurso de convivencia, y equidad en su propia vida. En su mayoría los conciliadores son líderes comunitarios, juveniles, que se encuentran comprometidos con la sociedad de su entorno.

En muchas ocasiones los sujetos que actúan en el proceso (las partes que se encuentran en conflicto y el conciliador en equidad) son vecinos. Para asumir las normas y desarrollarlas son producto de la experiencia de su propia convivencia, que son construidas por el sentido común, producto de preceptos éticos de convivencia, de aportes dignos de las personas del sector que han posibilitando el respeto por los derechos humanos. Son hombres y mujeres que se comprometen con la comunidad sin buscar ninguna remuneración a cambio.

Los medios alternativos de transformación de conflictos, la conciliación en equidad y la justicia de paz, visto esto desde la Justicia comunitaria, buscan mediar asuntos propios de la convivencia familiar, de propiedad entre vecinos, entre organizaciones, donde la comunicación con el otro es relativamente permanente. La mediación es una fuerza transformadora de relaciones violentas en relaciones pacíficas y de convivencia. Se interviene en asuntos sobre los cuales las personas tienen la capacidad de tomar decisiones, comprometerse, y ceder. Cada mediación de justicia encarna y expresa una característica, una visión de las relaciones justa entre individuos, comunidad y Estado.

Vivimos en una sociedad con manifestaciones continuas de injusticia. La verdadera paz se da con justicia, es decir, que la paz no solamente implica el cese de la guerra, sino también en que las relaciones cotidianas se equilibren, el dominio de un sector de la sociedad y las desigualdades existentes entre los seres humanos desaparezcan. En este sentido, construir convivencia comunitaria es construir paz con justicia social.

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