“Es una reforma cosmética hecha por vía burocrática”

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Heidy Sánchez

Después de 28 años fue aprobada la reforma al Estatuto Orgánico de Bogotá en el Congreso de la República. VOZ habló con Heidy Sánchez, concejala de Colombia Humana – Unión Patriótica, sobre su contenido y las implicaciones en la descentralización de Bogotá

Redacción VOZ

¿Qué función tiene el Estatuto Orgánico de Bogotá?

-Bogotá se organiza como Distrito Capital por dictamen del artículo 322 de la Constitución Política, desarrollando su régimen político, fiscal y administrativo, al igual que la naturaleza jurídica, mediante el Decreto 1421 de 1993. Es a través de este que se le concede a la ciudad el régimen especial, como entidad territorial con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera. Del mismo modo, el Decreto otorga al Distrito Capital instrumentos para cumplir las funciones y prestar los servicios a su cargo, así como promover el desarrollo integral del territorio y contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la ciudadanía.

Dicho Decreto, luego de 28 años y 15 intentos, fue reformado a partir de un Proyecto de Ley presentado ante el Congreso de la República en 2019 para modificar algunos de sus artículos. Esta iniciativa que fue propuesta por 18 congresistas de diversas bancadas resultó aprobada el pasado miércoles 16 de junio en último debate en plenaria del Senado.

Descentralización de la ciudad

¿Era necesario reformar el Estatuto Orgánico vigente?

-Coincidimos en la necesidad de modificar y actualizar el Estatuto Orgánico de Bogotá, partiendo de la realidad político-administrativa y social, al igual que de la necesidad de aportar a la descentralización funcional y organizacional de la ciudad como Distrito Capital. En ese sentido, es fundamental analizar los cambios aprobados por el Congreso, resaltando que se ha perdido una importante oportunidad para brindar herramientas adecuadas a las localidades.

Por tal motivo, este debate tiene que trascender de una discusión numérica y burocrática centralizada en cada una de las localidades, a una reflexión profunda para la construcción de una ciudad democrática, con autonomía territorial y presupuestal local, permitiendo así el buen vivir de la ciudadanía y la preservación de la riqueza natural.

¿Cuáles son las implicaciones de esta reforma en la descentralización de Bogotá?

-Es un consenso plantear la necesidad de avanzar hacia una ciudad político-administrativa que permita la satisfacción de las necesidades de la comunidad, en una ciudad más compacta y con un gobierno local y distrital que permita en un mayor grado la participación y veeduría social. En ese sentido, la configuración de Bogotá actualmente ha demostrado que existen mega localidades que, dada su extensión, complejidad socioespacial, densidad poblacional, riqueza ambiental, entre otros factores, no ha permitido tal grado de democratización.

Por tal motivo, uno de los principales argumentos para la modificación del Estatuto Orgánico aprobado por el Congreso, fue la necesidad de la descentralización de la ciudad. Bajo esta premisa, fue modificado el artículo 62 de la Ley 1421 de 1993 denominado “Creación de localidades”. No obstante, dicho artículo en su contenido inicial ya dotaba a la ciudad y al concejo para que, a través de iniciativa del alcalde o alcaldesa mayor, se pudiera definir la cantidad, denominación, límites y atribuciones administrativas de las localidades.

Lo “novedoso” de la modificación a este artículo es que es funcional al modelo de ciudad de la administración de Claudia López en su división político-administrativa, pues incluye un parágrafo transitorio que liga la delimitación de las localidades mediante el acto administrativo con el cual se planea expedir el Plan de Ordenamiento Territorial, POT.

Se ha dicho que con la reforma al Estatuto Orgánico de Bogotá habrá aumento en los recursos locales ¿Esto es cierto?

-Una de las falacias difundidas es el supuesto “aumento de los recursos a las alcaldías locales”. Para ello, se modificó el artículo 89 de la Ley 1421 de 1993, pasando del 10% al 12% la asignación del presupuesto anual del Distrito a las localidades. No obstante, tal aumento ya estaba contemplado por el mismo artículo, permitiendo el aumento de participación anual y de manera acumulada en un 2%, sin que superara en total el 20%.

Ante estos cambios cosméticos de la reforma aprobada en el Congreso, es necesario insistir en que avanzar en la descentralización financiera de la ciudad implica aumentar los recursos locales de manera constante en el tiempo, como también permitir una verdadera autonomía de ejecución de los recursos que logre superar las deficiencias propias de cada territorio. Elementos que no fueron tenidos en cuenta.

Oportunidad desperdiciada

Se habla de la conformación de la nueva figura de gabinetes locales ¿Esto no implica mayor burocracia para los territorios?

-La descentralización debe implicar el fortalecimiento de la administración local. Así, las alcaldías locales tienen que contar con las herramientas financieras, administrativas, jurídicas y técnicas para desarrollar sus planes y proyectos. Un aspecto para resaltar de las modificaciones al Estatuto Orgánico de Bogotá es la inclusión del artículo 69A que contempla el apoyo técnico y administrativo a las Juntas Administradoras Locales con cargo al Fondo de Desarrollo Local, con el cual se pretende llenar el vacío del acompañamiento institucional desde la administración distrital.

Adicionalmente, se incluye otro nuevo artículo que crea un “Gabinete Local” conformado por el alcalde o alcaldesa local y delegados de cada secretaría distrital en el territorio, lo cual implica ampliar la nómina de las entidades distritales y mantener un dominio centralizado desde la administración distrital sobre las decisiones locales.

Igualmente, es una oportunidad desperdiciada en esta modificación la de mantener el control desde la Secretaría de Gobierno frente a la remoción de alcaldes y alcaldesas locales. Avanzar en la descentralización y democracia local implicaría la elección democrática a través del voto popular de las alcaldías locales.

Sin duda, construir una ciudad democrática, humana y descentralizada que responda a las necesidades sociales y ambientales es y será nuestra prioridad. Por ende, consideramos que esta es una reforma cosmética hecha por vía burocrática, que no tuvo en cuenta al concejo como la máxima autoridad político-administrativa de Bogotá y mucho menos a la ciudadanía.

Nuestra apuesta es por un territorio verdaderamente descentralizado y democrático construido con la ciudadanía y para la ciudadanía.