martes, abril 23, 2024
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La práctica del grafiti se reglamenta en Bogotá

El grafiti en Bogotá fue, hasta 2011, una práctica para la que no existían normas claras. Ni para las entidades públicas, ni para los grafiteros o los ciudadanos interesados, era claro dónde se podía hacer uno, cuál era la sanción por hacerlo indebidamente, quién debía promover las características artísticas responsables de esta expresión, etc.

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La muerte del grafitero Diego Felipe Becerra puso en evidencia la necesidad de promulgar una reglamentación para Bogotá que aclarara el panorama y otorgara bases sólidas que rigieran las acciones tanto de los grafiteros y ciudadanos, como de los funcionarios encargados del control policivo y ambiental de la ciudad. Desde la sociedad civil, las instancias judiciales y las instancias gubernamentales se hicieron llamados perentorios para la pronta reglamentación de la actividad.

El Concejo Distrital profirió entonces el acuerdo 482 del 26 de diciembre de 2011 que le otorgó facultades y competencias a la administración pública para la reglamentación y control de la práctica.

La Secretaría General de la Alcaldía Mayor organizó en el primer trimestre de 2012 una mesa interinstitucional para discutir y elaborar una propuesta de decreto reglamentario del acuerdo 482 en la que participaron las secretarías General, de Gobierno, de Cultura, Recreación y Deporte, de Ambiente y de Planeación, además del Dapep, el IDU, el IDRD y el Idartes. La recomendación general resultante, más allá del contenido del proyecto de decreto mismo, fue ampliar las consultas en especial a los grafiteros de la ciudad, directos afectados por la reglamentación que se trabajaba.

La comunidad del grafiti en Bogotá decidió entonces, con el acompañamiento del Idartes y de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, organizarse para la revisión del proyecto de decreto. Se aprovechó una instancia informal de discusión sobre grafiti que existía en el marco de la Mesa Distrital de Hip Hop y se formalizó la Mesa Distrital de Grafiti como instancia de participación permanente en la materia. Dicha mesa se reunió periódicamente, con presencia de más de 50 grafiteros de la ciudad, en el teatro Jorge Eliécer Gaitán.

La comunidad grafitera expresó dos puntos principales: considerar el grafiti como una práctica cultural y artística valiosa, y reflexionar sobre los enfoques prohibitivos como una manera no adecuada de acercarse a ella, resultando mucho más procedentes los enfoques pedagógicos y de corresponsabilidad.

La SCRD solicitó a la Secretaría General un plazo de tiempo para permitir a la comunidad del grafiti en Bogotá hacer propuestas para una reglamentación que ellos consideraran robusta, con el fin de asegurar un futuro decreto distrital eficaz y comprendido por todos. Con un nuevo texto consensuado, se procedió a la presentación oficial del texto ante la Comisión Intersectorial del Espacio Público (CIEP).

El proyecto de decreto presentado hunde sus raíces en la libertad de los ciudadanos bogotanos, otorgándoles espacios para su libre ejercicio, pero siempre dentro de criterios de responsabilidad e incluso de prohibiciones en lugares que la ciudad juzga como inadecuados. El decreto se centra entonces en la pedagogía y en el realismo, proponiendo una norma que pueda ser cumplida y que redunde en la protección de los espacios más relevantes, en la protección del grafitero y de su expresión, y en la protección de la ciudadanía en general.

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