miércoles, abril 24, 2024
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Estatuto de la salud, ley dura de sancionar

Los ajustes al estatuto de la salud hechos por la Corte Constitucional tienen molesto al gobierno, aunque la sancionó. En el fondo favorece el interés privado

Hospital Universitario del Valle. Foto Revista Mire Lea.
Hospital Universitario del Valle. Foto Revista Mire Lea.

Hernán Camacho

Las leyes estatutarias en Colombia tienen un rango superior y un trámite riguroso y especial para su aprobación. Para que un proyecto de ley de corte estatutario salga a la luz jurídica debe surtir una vuelta legislativa aprobada con mayoría absoluta, luego pasa por la Corte Constitucional antes de ser sancionada por el presidente.

Ese fue el recorrido cumplido por la ley estatutaria de la salud que el 29 de mayo de 2014 y, mediante sentencia número 313, el magistrado ponente Gabriel Eduardo Mendoza le dio visto bueno a lo que parece no ser un definitivo avance en términos de derechos de los usuarios al acceso a la salud.

No obstante, el gobierno no quedó muy contento con las adendas y las modificaciones que el alto tribunal constitucional hizo a un considerable número de artículos que a su juicio rayaban en la inconstitucionalidad. Ese hecho prendió las alarmas en el Ministerio de Salud que, con una argucia jurídica, devolvió el proyecto de ley al Congreso para que en las sesiones extras convocadas para discutir el Plan Nacional de Desarrollo también se modificara lo que ellos consideran deben ser las correcciones del estatuto de salud.

Cambios sustanciales

Y no es para menos. Los cambios considerados por la Corte son sustanciales pero el gobierno insiste en que las variaciones hechas son errores del alto tribunal que se deben corregir mediante sesiones en el Congreso. Efectivamente, la Corte aceptó que hubo errores a la hora de emitir la sentencia, pero que estos no fueron de fondo sino de forma y se enmendaron en el auto 377 de diciembre de 2014. Con eso la Corte ratifica el estatuto de la salud y emplaza al Ejecutivo a su inmediata sanción.

La Mesa Nacional por el Derecho a la Salud le exigió al presidente Santos no dilatar el estatuto de autoría gubernamental que él mismo llamó “el fin del paseo de la muerte”. Pero “una vez el equipo de gobierno leyó la sentencia completa, el ministro de Salud, Alejandro Gaviria, salió a decir que “la Corte quiere que todos coman langosta”, explicaron voceros de la Mesa Nacional.

Regla fiscal

¿Pero cuáles son los cambios hechos por la Corte al proyecto inicial que no acepta el gobierno? El estatuto de salud plantea el derecho a la salud como un derecho autónomo y fundamental y por ello se elimina el régimen subsidiado y obliga a la unificación de los Planes Obligatorios de Salud. Lo que significa que no se puede excluir ningún tratamiento previsto en uno u otro plan. Se acaba la acostumbrada frase de las EPS: “eso no lo cubre el Plan”.

Pero lo más incómodo para el gobierno nacional es la modificación sustancial en lo que se refiere a la regla fiscal, es decir: la limitación de recursos destinados al gasto social.

En ese caso la Corte dice que no se puede limitar el derecho a la salud por ajustes fiscales pues la salud es de aplicación progresiva, y obliga al Estado a buscar nuevos recursos para financiar el sistema. “Ninguna autoridad puede prevalerse de tal herramienta -sostenibilidad fiscal- para restringir el alcance o negar la protección efectiva de los derechos fundamentales”, subrayó la Corte en la sentencia de mayo. Para los magistrados la sostenibilidad fiscal no reviste calidad de principio, sino que es un medio que no puede menoscabar el derecho a la salud.

“En medio de la crisis fiscal por la baja de los precios del petróleo, la ley de la regla fiscal obliga a comenzar los recortes por el gasto social, donde están salud, educación y otros sectores”. Lo que dice la Corte es no basarse en la sostenibilidad fiscal en el caso de la salud, explicaron voceros de la Mesa Nacional por la Salud. De acuerdo con la Corte, ya no podrán exigirse copagos a los pacientes para completar los costos del tratamiento que por regla fiscal limita los recursos.

El Plan B

Ahora la preocupación del movimiento social por la salud es que, a partir de la sanción, el Ejecutivo implante lo extraído de su proyecto inicial y haga un desacato de hecho, es decir, una contrarreforma estatutaria de salud mediante el Plan de Desarrollo. Como parece ya lo está haciendo, según explican voceros de la Mesa de Salud: “Por ejemplo, el 23 de diciembre el ministro firmó el decreto 2702 mediante el cual ofrece siete años de gracia a las EPS para que ajusten sus cuentas y sus negocios, y sigan apropiándose de los recursos públicos para la salud, como lo han hecho impunemente hasta ahora”.

Para el senador Alberto Castilla, es clara la intención del gobierno: “Notamos con preocupación que el Gobierno evadió la sanción del estatuto preparando artículos en el Plan que profundizan el inviable modelo de salud actual”.

Aunque el estatuto de salud no es la reforma estructural al sistema, es un paño de agua tibia necesario para el acceso al derecho fundamental de la salud de los pacientes en Colombia. Veremos hasta dónde se atreverá el Ministerio de Salud a modificar lo que ordenó el poder judicial.

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