viernes, abril 19, 2024
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Conflicto armado y crimen de guerra de las Fuerzas Militares

Lo estipulado en el Estatuto de Roma, consagrado en la Corte Penal Internacional y en el Derecho Internacional Humanitario

Bombardeos de la Fuerza Aérea Colombiana .
Bombardeos de la Fuerza Aérea Colombiana .

Rubiel Vargas Quintero

El homicidio, desde el punto de vista penal, se encuentra tipificado como simple o intencional, donde se implementa el contenido del dolo o la intención de matar por cualquier medio. En Colombia, se ha venido implementando esta modalidad a pesar de que la Constitución política no la permite. Paramilitares como Jorge Iván Laverde, “el Iguano”, han confesado que quemaban a sus víctimas en hornos para borrar los rastros de los crímenes cometidos, en su finca del Norte de Santander; son prácticas criminales para desaparecer a sus víctimas. En muchas ocasiones, antes de la realización de estos actos inhumanos, las víctimas eran torturadas.

“Ejecuciones extrajudiciales”

Las denominadas “ejecuciones extrajudiciales” han ocurrido en Colombia, en las que muchos jóvenes han sido asesinados en el marco del conflicto social y armado, donde el Ejército es el responsable directo de un gran número de estos crímenes de jóvenes indefensos. Este tipo de ejecuciones se configuran cuando no están en los siguientes parámetros: legítima defensa, combate dentro de un conflicto armado (bajas en combate), el uso racional, necesario y proporcionado de la fuerza para hacer cumplir la ley, por imprudencia, impericia, negligencia, o violación del reglamento.

Estos homicidios han sido considerados no como una política de estado sino como hechos aislados. Lo cierto es que se ejecutaron por varias unidades militares a lo largo y ancho del país. Las causas que esgrimen es el aliciente de incentivos ofrecidos a soldados para que produjeran bajas y un sistema oficial de incentivos ofrecidos a los civiles para que proporcionaran información que llevara a la captura o muerte de guerrilleros. Este tipo de medidas en el marco del conflicto son catalogados como crímenes de guerra por el Estatuto de Roma y la organización del Derecho Internacional Humanitario.

Batalla sin cuartel

No se dará cuartel o lucha, la batalla sin cuartel. Significa que el enemigo no tiene la intención de tener prisioneros, y por lo tanto la confrontación es a muerte. Son los aspectos de la utilización de la fuerza, llámense bombardeos a escala de destrucción de toda forma de vida. No se tiene ninguna consideración de los daños que produzca.

Nicolás Maquiavelo

El teórico, filósofo e historiador político Nicolás Maquiavelo le brindó a través de sus libros a los gobernantes diversas formas de cómo gobernar y tratar a su pueblo, sin tener ningún escrúpulo en las acciones políticas. Según este calculador político, los gobernantes deben utilizar todos los medios posibles para alcanzar los objetivos propuestos, sin tener en cuenta límites morales o éticos. Lo ético no es válido para tomar decisiones en el gobierno, lo importante es poder alcanzar el fin que logre justificar sus objetivos, sostenerse en el poder y para ello los medios para lograrlo son válidos.

En los crímenes de guerra, según lo estipulado en el Estatuto de Roma, consagrados en la Corte Penal Internacional y en el Derecho Internacional Humanitario, el homicidio intencional es considerado como crimen de guerra, la tortura, las “ejecuciones extrajudiciales”, la batalla sin cuartel.

Guerra asimétrica

En Colombia, en los últimos días se ha implementado el debate sobre el desescalonamiento del conflicto, el cese bilateral de fuego, y el inicio de los bombardeos contra el movimiento insurgente. Producto de la confrontación militar entre el Ejército y la guerrilla de las FARC-EP, en el departamento del Cauca, y el bombardeo contra un grupo insurgente. Con este acontecimiento los medios de comunicación impulsaron a la sociedad que se expresara a través de la “opinión pública”, generando una opinión de guerra. La única salida que establecen es la agudización del conflicto armado. Desconocen la salida política como forma de evitar el desangre entre colombianos pobres.

Lo sucedido con los soldados del Cauca. La Fiscalía inicio la investigación para establecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar de lo sucedido para verificar si constituyen un homicidio en persona protegida u otro crimen de guerra por parte de la guerrilla.

Cuando uno de los grupos armados en confrontación permanece fuera de combate o en una condición análoga, gozan del estatus de persona protegida. Cualquier atentado contra su integridad se considera una infracción al Derecho Internacional Humanitario. Es importante anotar que el ataque a los militares se trató de una confrontación armada a altas horas de la noche y duró hasta la entrada la madrugada los combates, supuestamente cuando los miembros del Ejército Nacional se encontraban descansando.

En el caso de los guerrilleros asesinados por bombardeos, los métodos de ataque que fueron utilizados por las Fuerzas Militares, Fuerza Aérea, que incluyeron el uso de bombas de alto grado de destrucción, desembarco de fuerzas especiales, en la madrugada cuando se encontraban durmiendo, constituyen un crimen de guerra adicional a los homicidios que se han cometido. Un ataque donde se causan daños incalculables y sufrimientos innecesarios, donde no se tiene la intención de retener prisioneros. Esta forma de ataque se encuentra prohibida por el Derecho Internacional Humanitario, por lo que las Fuerzas Militares, el Estado colombiano, también deberán responder por la forma en la que realizaron esta destrucción masiva contra el grupo guerrillero.

Las circunstancias de tiempo, modo y lugar establecen las formas como se llevaron a cabo las acciones militares. Lo cierto es que en el caso del ataque a la guerrilla de las FARC-EP, se utilizaron armas de destrucción a gran escala, bombas mortíferas, el uso de la fuerza desproporcionada. Lo que establece que sigue persistiendo el pensamiento retardatario, militarista y sanguinario. A estas formas de utilizar la fuerza para eliminar al contradictor se les denomina crimen de guerra.

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