martes, abril 16, 2024
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Atlántico: Juez ordena reintegrar a seis trabajadores de Sistur y Metrocaribe

Seis ex trabajadores de los operadores del sistema de transporte masivo para Barranquilla y su área metropolitana, Transmetro, deberán ser reintegrados en sus cargos en un plazo máximo de 48 horas.

El pasado 1 de abril, los trabajadores protestaron porque había incumplimiento en el pago de los salarios y bonos, además de un retroactivo de los años 2010-2012.
El pasado 1 de abril, los trabajadores protestaron porque había incumplimiento en el pago de los salarios y bonos, además de un retroactivo de los años 2010-2012.

Así lo ordenó la juez 15 Laboral del Circuito de Barranquilla, Olga Ligia Sobrino Rodríguez, al amparar los derechos de asociación sindical, negociación colectiva y al trabajo de las seis personas que se desempeñaban como operadores de los vehículos del sistema de transporte, pues sus contratos no se les renovaron en enero de este año.

En el fallo la juez dice que la Unión Temporal Sistur Transurbanos debe reintegrar a los señores Eliécer Caballero Ariza, Alexánder Mancipe Mancipe, Édgard Márquez Otero, Alberto Pacheco y Sergio Castro Rincón; mientras que el Grupo Empresarial Metrocaribe debe hacer lo mismo con Antonio Consuegra Molinares. Ambas empresas los deben ubicar en los cargos que se venían desempeñando o en otro de igual o mayor categoría.

La tutela fue presentada el 14 de marzo pasado, pero el juez se declaró impedido para su estudio. Ante ese hecho, volvieron a repartirla y recayó en el Juzgado 15 Laboral del Circuito que la admitió el 8 de abril.

Para su fallo, la juez tuvo en cuenta lo que dice la Constitución, los tratados de la OIT y las sentencias de la Corte Constitucional sobre el derecho a la asociación y el trabajo.

En la decisión la juez también advierte que el cumplimiento del fallo es improrrogable, y que en caso de no ser impugnada la decisión esta debe remitirse a la Corte Constitucional para su eventual revisión. En caso de no ser seleccionada para revisión, la tutela será archivada sin necesidad de un nuevo auto, dice el fallo de la juez 15 del Circuito.

Los tutelantes estaban vinculados mediante contrato de trabajo a término fijo inferior a un año (seis meses), pero venían siendo prorrogados. El 21 de diciembre se asociaron y crearon el sindicato de trabajadores y empleados del transporte masivo de pasajeros Sintramasivo, con 44 asociados. Posteriormente, el 24 de diciembre, notificaron a las dos empresas de la creación de dicho sindicato.

Frente a la decisión de la juez 15 del Circuito, el presidente del sindicato Sintramasivo, Elías Higgins, aseguró que esta es una muestra de que los trabajadores no estaban haciendo nada fuera del marco legal y que, por el contrario, eran las empresas las que estaban actuando ilegalmente al hacer los despidos.

Además, que por ser un fallo de orden constitucional debe cumplirse en el término establecido a pesar de la impugnación que presenten las firmas operadoras del sistema de transporte.

En su momento, los trabajadores aseguraron que los despidos fueron injustificados, pues nunca se les había hecho un llamado de atención verbal o escrito, por lo que consideran que la decisión de no renovarles el contrato obedecía a su vinculación al sindicato.

El Heraldo trató de contactar a los operadores para conocer su posición frente a lo ordenado por el juez. A través de una asesora informaron que “el fallo fue impugnado ante el Tribunal Administrativo del Atlántico, por lo que el proceso continúa”.

El Heraldo

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