viernes, abril 19, 2024
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Acuerdos con blindaje: Viables en La Habana

“Para hablarlo con claridad, Timochenko ha sido legitimado para que él, o quien designe la guerrilla, presente sus argumentos jurídicos ante la Corte (Constitucional) y acuda personalmente a exponerlos en audiencia pública, en caso de que la Corte decida realizarla” (E. Montealegre)

Delegacion paz de FARC-3

Carlos A. Lozano Guillén

“El pasado 28 de marzo presenté ante la corte, una demanda contra la palabra ‘acuerdo’ que está contenida en el documento que firmaron el Gobierno y las FARC el 26 de agosto de 2012 en La Habana, para la terminación del conflicto y con el cual se dio inicio a la negociación. Le pedí a la Corte declarar que los ‘acuerdos’ suscritos no son simples actos políticos sino que tienen una fuerza equivalente a la de un tratado internacional. Y es en esa medida, que tienen soporte constitucional vinculante, como también en el derecho internacional”.

“(…)Las consecuencias serán múltiples: una, el control de los acuerdos estará en cabeza de la Corte Constitucional y no del Consejo de Estado. Dos, ninguna ley de la República podrá desconocerlos, y tres, no tendrían que pasar por ningún tipo de convalidación jurídica, salvo el control constitucional”.

“(…) Durante 50 años las FARC fueron tratadas como enemigas y combatidas con el uso de la fuerza legítima del Estado. La Corte Constitucional abre una nueva etapa: es la primera vez que la justicia invita a los negociadores de la guerrilla a participar en el diálogo democrático que caracteriza el control constitucional. Eso indica que la Corte valora a los miembros de las FARC que están en el proceso de paz y los trata como ciudadanos colombianos y portadores de derechos, y también de deberes (…)”.

“(…) Para hablarlo con claridad, Timochenko ha sido legitimado para que él, o quien designe la guerrilla, presente sus argumentos jurídicos ante la Corte y acuda personalmente a exponerlos en audiencia pública, en caso de que la Corte decida realizarla”.

Tesis novedosa y viable

Los anteriores son extractos de la entrevista del ex fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre Lynett, a la periodista Cecilia Orozco Tascón en el diario El Espectador del domingo 1º de mayo de 2016, que levantaron ampollas en la extrema derecha uribista, en el procurador Alejandro Ordóñez y en las altas esferas del Gobierno Nacional. Son tesis novedosas, audaces, heterodoxas porque se alejan de toda interpretación dogmática del derecho internacional y de la carta política constitucional.

De alguna manera habían sido expuestas por la delegación de las FARC-EP en La Habana que plantearon la necesidad de “blindar los acuerdos” dándoles el tratamiento de “acuerdo especial” que pudiera ser elevado a tratado internacional en el marco del DIH y de los convenios de Ginebra y sus protocolos adicionales. Así lo han planteado también los asesores jurídicos de las FARC, Álvaro Leyva Durán, Enrique Santiago y Diego Martínez.

El ex ministro Leyva ha venido explicando esa propuesta en los medios de comunicación. Lo novedoso es que el ex fiscal Montealegre se suma a ella y la explica con argumentos claros y contundentes. Es una alternativa viable y con poderosos argumentos jurídicos y políticos, que no se disocian, aunque en este caso pesarán más los primeros en la decisión que la Corte Constitucional deberá tomar sobre la demanda presentada por Eduardo Montealegre. El Acuerdo de La Habana, por su naturaleza y por el reconocimiento de la existencia del conflicto que hizo el presidente Santos y de la aceptación de la guerrilla como interlocutor válido, involucra aspectos relacionados con los Convenios de Ginebra.

Un debate útil

Se abre paso, pues, un nuevo debate sobre la refrendación de los “acuerdos de la paz estable y duradera”, que no excluye ningún mecanismo de participación ciudadana. La Asamblea Nacional Constituyente seguirá siendo una necesidad para los cambios y transformaciones democráticas y de justicia social que la paz requiere en el posacuerdo. El plebiscito de iniciativa gubernamental, inconsulto con la contraparte, podría hacerse pero sin fuerza vinculante, sería inocuo desde el punto de vista legal y constitucional. Elevar los “acuerdos” a tratado internacional es tan contundente, porque “sería obligatorio para un presidente enemigo de la paz”, sostiene Montealegre.

Según explicó el abogado Enrique Santiago en entrevista para Antonio Morales y Angélica Pérez, publicada en El Tiempo del lunes 2 de mayo de 2016, “las FARC quieren firmar un acuerdo especial humanitario, figura contemplada en los convenios de Ginebra”. Para Santiago la vía del plebiscito, además de ser una decisión unilateral del Gobierno, es inconveniente porque “por sus alcances o por el objetivo que se busca con él, debería haber sido convocado como una consulta popular y no utilizando la figura del plebiscito”.

El asesor jurídico de las FARC-EP explicó que estas “están proponiendo, en primer lugar, que se firme el acuerdo final bajo la fórmula del acuerdo especial humanitario, una figura prevista en los artículos 3 y 6 de la I, III y IV Convenciones de Ginebra –lo mismo que busca una demanda del exfiscal Eduardo Montealegre que acaba de ser admitida por la Corte Constitucional. Este tipo de acuerdos está previsto para regular aspectos relacionados con la humanización del conflicto y con el respeto estricto al derecho internacional humanitario”. De esta manera los acuerdos tendrían un rango de tratado que se incorporarían al bloque de constitucionalidad. El Congreso conocería de la reglamentación mediante ley ordinaria y su aprobación sería rápida.

¿Timochenko en la Corte?

Queda por resolver si el Comandante de las FARC-EP hará presencia en la eventual audiencia que convoque la Corte Constitucional sobre el tema o por qué vía hará llegar sus opiniones. Lo cierto es que el Gobierno Nacional se equivoca al oponerse a la presencia de la guerrilla, que en pocos meses, de darse el acuerdo final, estará en el escenario democrático nacional. ¿Por qué le incomodan a Santos, como a Uribe Vélez, a Ordóñez y a otros, que la voz de la guerrilla, comprometida en un proceso de paz, se escuche en la alta autoridad constitucional?

Santos mató el tigre y se asustó con el cuero. Aceptó la existencia del conflicto para argumentar su decisión de estar en los diálogos de paz, pero quiere actuar con ventajismo, sin darle la oportunidad a la contraparte de opinar en todas las esferas de los poderes públicos. Es la misma conducta asumida con prepotencia para imponer por vía unilateral, decisiones trascendentales que deben ser discutidas y adoptadas por las partes.

Santos reconoce el conflicto y de ello se deriva, al menos, aceptar sus causas políticas económicas y sociales, acatar la aplicación del derecho internacional humanitario; y respetar el principio de distinción entre combatientes y no combatientes. Son realidades que no se respetan porque el Gobierno hace caso omiso de las causas del conflicto y de las reformas necesarias para erradicarlas, rechaza el “acuerdo especial humanitario” y penaliza la lucha social y popular tratando a los activistas como terroristas.

En Colombia es un imperativo la aplicación del derecho internacional humanitario, con mayor razón para darle desenlace a los diálogos con un acuerdo blindado hacia el futuro para que fuerzas guerreristas no puedan echarlo atrás con facilidad. Es viable a la luz del derecho internacional. Los instrumentos del derecho internacional humanitario son el artículo 3 Común a los cuatro Convenios de Ginebra que como parte de la legislación nacional, rige en Colombia desde 1961; el Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra (Protocolo II); y el llamado derecho consuetudinario (ius cogens) conformado por las prácticas tradicionales vigentes en los pueblos civilizados.

Como se ve, existen argumentos y procedimientos válidos. La polémica está abierta y el Gobierno Nacional, por ahora, sin imaginación ni creatividad, continúa apegado a sus concepciones unilaterales y conservadoras.

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